martes, 30 de enero de 2018

Artículo 185 LEPINA

Sesiones, quórum y decisión colegiada

La Junta Directiva se reunirá ordinariamente una vez al mes y extraoficialmente cuando sea convocada por el Director Ejecutivo.

Comentario: Es una obligación de la Junta Directiva una reunión por semana para conocer de las denuncias, órdenes emanadas del CONNA, todas las reuniones al inicio serán de conocer y reglamento interno, para poco a poco ir tomando un rumbo.

Las que sean convocadas por el Director ejecutivo serán pues para funcionamiento o requerimiento, debemos de decir que la producción de resultado debe ajustarse a no ser muy prolongadas en lo personal una hor a lo sumo hora y media.

La Junta Directiva podrá sesionar con cuatro de sus miembros y adoptará sus decisiones por mayoría simple de los presentes.En caso de empate, el Director Prenteside, o el que haga sus veces de Director, tendrá voto calificado.

Comentario:El mínimo de Directores para sesionar es de 4 si son meno no se sesiona por falta de quórum.

El empate está considerado y se establece el que sea el Director presidente el del voto que decide para salir del impasse artículo se relación con 183 de la Lepina.

Es por lo tanto cuestión de orden.

Santa Ana, 30 de Enero del 2018.

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