jueves, 30 de octubre de 2014

Artículo 144- Dietas LEPINA

Los miembros propietarios del consejo Directivo recibirán dietas por su asistencia  a las sesiones ordinarias y extraordinarias.

Comentario: A mi juicio deben de ser solo los de los representantes de la sociedad civil ya que los representantes de las carteras de estado devengan un salario por sus funciones y si se les da dieta debe de ser en un porcentaje menor a los de la sociedad civil, estos dejan sus actividades normales para incorporarse al Consejo, esto es más que nada un aliciente para los voluntarios, pero aun no está normando y será el CONNAN quien lo reglamentará, cosa que no está definida ya que ni siquiera el CONNAN está formado, al aceptar una dieta compromete al representante.

Como refuerzo lo anterior este organismo tendrá un presupuesto propio y debe de ser manejado de una forma transparente.

Esta parte es importante para el buen funcionamiento y poder exigir que a los que conforme el Consejo, es corto pero de vital importancia.


Santa Ana, 30 de octubre de 2014

martes, 28 de octubre de 2014

Artículo 143.- Pérdida de la calidad e miembro por parte de la Sociedad. LEPINA

Los miembros de la sociedad del Consejo Directivo perderán su cálida por las siguientes razones:

a)      La  falta al cumplimiento de sus funciones dentro del Consejo Directivo de manera reiterada sin justificación por escrito, o por abandono del cargo.

Comentario: esto es obvio pero que se entenderá por reiterada, creo que lo correcto en sentar límites en número especifico que pueden ser 2  a lo sumo 3 faltas, la siguiente se expulsa a sí mismo por el abandono del cargo.

b)      Por muerte o enfermedad física o mental que incapacite permanentemente para el ejercicio de cargo.

Comentario: Esta causal no tiene discusión, por lo que no la comentaré

c)       Por renuncia al cargo.

Cometario: Sin discusión derecho de los seres humanos,

d)      Por haber sido sancionado en los últimos cinco años, en sede judicial o administrativa, por violación a los derechos de niñas, niños o adolescentes o por violencia intrafamiliar, y.

Comentario: Este inciso debe de ser para siempre porque el delincuente contra menores no cambia sigue siendo igual es como colocar al ladrón a cuidar dinero, la tentación es mucha y la honorabilidad de los directivo no debe ser en ningún momento cuestionada.

e)      Por haber sido condenado en sentencia definitiva  firme por cualquier tipo de delito doloso.
        
Comentario: el comentario es igual al anterior y no podemos dejar que se cuestione al consejo por culpa de uno de sus miembros.

Queda perdida la calidad de miembro por cualquiera de los supuestos relacionados con los literales a) y d) del presente artículo, no podrá ser reelegido como miembro del Consejo Directivo, en los siguientes cinco años de la resolución adoptada por el mismo Consejo en la que disponga la perdida de tal calidad. El reglamento deberá de contemplar la forma de sustitución de los representantes de la sociedad.

Comentario: Esto refuerza mi posición y se debe de tener presente al momento de la elaboración del reglamento del Consejo Directivo el cual regirá a este Consejo. Completamente congruente.


Santa Ana,  28 de octubre de 2014.

domingo, 26 de octubre de 2014

Verrugas.

Este diagnostico frecuentemente lo confundimos con condilomas y debemos ser cautos con el ya que los condilomas tiene una connotación sexual y podemos catalogar como sinónimo de abuso sexual y someter a una persona a investigaciones de abuso sexual sin serlo.

Son producidos por el papiloma virus por el virus del papiloma, pero se diferencian porque lo que normalmente se conoce como condilomas acuminados tiene el aspecto de un coliflor y que pueden presentarse en el área ano genital, habiendo un límite no muy preciso que si el niño tiene menos de 3 años se puede haber adquirido en el canal del parto, con la desventaja que son causantes de la papilomatosis laríngea de que antes no conocíamos métodos efectivos de cura pero hoy con los medicamentos inmunológicos se logran curas, tiene el poder de quedar de por vida en los tejidos y algunas especies son precursoras de canceres y están implicados en el cáncer del cuello del útero, en el futuro serán historia ya que se cuenta con vacunas altamente efectivas con lo que se erradicarían, al momento de alto costo y no al alcance de todos, esto tiene la controversia de que lo mejor es la abstinencia sexual ya que el condón fracasa en muchas ocasiones, pero esto cambia en el corto plazo.

Pero existen las verrugas planas y que pudiéramos afirmar que no son de trasmisión sexual las que aparecen en dedos, en cualquier lugar que se inoculen, las más temidas son las que toman el lecho ungeal y que pueden y pueden hacer perder las uñas, las conocemos vulgarmente como mezquinos. Esta enfermedad la describe bien Mark Twin en su libro Tom Sawyer, pero los planos son frecuentes en niño y adolescente más frecuentes en hombre que en mujeres.

Se reconocen que bovinos, perros y otros animales los padecen y pueden contaminar al hombre, por lo que siempre una buena historia clínica es indispensable para la orientación diagnostica y evitar errores.

El caso que me motivo se me presentó como abuso sexual, pero se le pasó al cirujano para cauterizarlo y como le pareció que se trataba de condiloma plano tomó biopsia y la envió a patología para un correcto diagnostico, con estos datos y en un niño de 8 años, podemos pensar que no sea de etiología de abuso sexual, al interrogar a la madre relata que la mascota del niño adolece de verrugas en la cara y que el niño lo acaricia y lo besa, por  lo que la fuente de contagio probablemente sea esta.

Así es que nuevamente la historia es importante para un correcto diagnostico, al conocer el diagnostico patológico se los daré a conocer.


Santa Ana, 26 de octubre de 2014.

martes, 21 de octubre de 2014

Artículo 142- Representantes de la sociedad LEPINA

Los representantes de la sociedad serán elegidos en procesos organizados por la Red de de Atención Compartida y no adquieren por ello la calidad de funcionarios públicos. No podrán pertenecer a las instituciones públicas ya representadas en el Consejo Directivo ni a las instituciones de de naturaleza mixta que integren la Red Compartida sin perjuicio del derecho que tienen estas últimas de participar en la elección de sus representantes.

Comentarios: en este artículo se define los que pueden participar que  en el fondo deben de ser 1- voluntarios, 2-no ligados salarialmente al estado y 3-no representar a ninguno de los poderes del estado. Espíritu es bueno pero habremos muchos que podríamos ayudar ligados a estos.

Deberá de garantizarse que la representaciones de de las organizaciones no gubernamentales posean un alto reconocimiento social por su trabajo en la defensa y protección de de los derechos de la niñez y de la adolescencia, ya sea en el ámbito nacional o internacional.

Comentario: me alegra que se mencione la calidad del trabajo de estas ONG ya que algunas por su línea de acción no caben en ella por ejemplo Las que favorecen el aborto ya que violan el principal derecho del Ser humano LA VIDA, las ligadas a difusión de los anti-valores etc. O se encuentren ligadas a promoción de la guerra o el terrorismo,  las que no reconozcan la libertad de expresión o las que provengan de países con regímenes dictatoriales.

La duración de sus funciones será de dos años seis meses desde el momento de su elección y podrá ser reelegidos una vez en sus cargos.

Comentarios: Esto es para evitar el continuismo o el desgaste de los representantes, refrescando con rostros nuevos.

La forma de la elección se regulará en el reglamento respectivo que en tal efecto emita el CONNA.

Comentario: Esto me suena a falacia ya que el reglamento no existe y se conocerá después de elegirlos y ello lo elaborará pero es la primera vez y debamos empezar.


Santa Ana, 21 de octubre de 2014.

viernes, 10 de octubre de 2014

Kernicterus

Tenía muchos años de no escuchar este diagnostico pero hoy de pronto me tope con el mis recuerdos afloraron pronto a mi mente ya que han pasado más de 35 años de que vi el último pero dejo honda huella en mi vida, este niño lo seguí por 25 años, este niño presentó una híper bilirubinemia en la época de RN que paso más de 20 mg/de bilirrubina por 100 ml. El niño era de Metapán y el padre trabajaba en cemento CESA compañía que ya no existe como tal, pero me lo llevaron a mi clínica con la historia de que presentaba convulsiones casi constantemente y le pedí al padre un registro de ellas en 24 horas, en el recuento fue de 60 convulsiones al día. Suena aterrador pero el padre las apuntó durante 3 días, en ese tiempo solo contábamos don Fenobarbital y Difenilhidantoína, se comenzaba a usar las Benzodiacepinas, con el defecto que su efecto de de 30 minutos y su acción comenzaba a los 3 segundos ideal para parar la convulsión pero si se usaba mucho producía paro respiratorio y la ventaja que se puede usar por vía rectal la cual es como usarlo por vía intravenosa ya tomar una vena en un paciente que convulsiona no es tarea fácil.

Iniciamos con fenobarbital a dosis de 20 mg hasta llegar a 100 mg en 24 horas y agregamos Difenilhidantoína sin buenos resultados, luego recurrimos al Clonazepan con lo que logramos llegar a 2 a 3 convulsiones en las 24 horas, el padre se sintió feliz pero mi ego se vio golpeado, pero con los años las convulsiones por fin cesaron y así continuamos hasta que Dios se apiadó de él y de mi, cundo vi el diagnostico estos fuero mis recuerdos.

Esta enfermedad es el depósito de bilirrubina no conjugada en los ganglios basales del puente cerebral, su característica son movimiento coreo atetozicos, hipertonía muscular, PCI severa, con una alta mortalidad en los primeros días de la vida, cosas que esta paciente no tenía y el único examen que se le practico durante 12 días de hospitalización en el ISSS, la madre de la paciente es enfermera pero como el diagnostico no es frecuente está preocupada como toda madre pero desconoce lo que implica.

Cuál es nuestro plan: 1- Hacerle una buena historia clínica y verlo como un síndrome convulsivo de RN el cual lo dividiremos en a- Ante natales, b- Natales o sea en el momento del parto, c-Pos-natales, d- Congénitas, e-Genéticas.

El Kernicterus es un síndrome que ya no deberíamos ver y para asentar en un diagnostico de estos pensarlo 2 veces y analizar todas las cusas de convulsiones en los recién nacidos.


Santa Ana, 10 de octubre de 2014.

jueves, 9 de octubre de 2014

Artículo 141 Presidente del consejo LEPINA

El Consejo directivo elegirá dentro de sus miembros al presidente quien ejercerá el cardo durante dos años. La presidencia será rotativa entre los representantes estatales y los de la sociedad.

Comentario: Esto es lógico pero creo muy apegado a la política ya que estos irremisiblemente cambian cada 5 años por, con el gobierno de turno, pero lo importante es que sean rotativos puede ser que sean de la sociedad civil. Recordemos que los representantes estatales son El ministro o el viceministro del Ramo por la necesidad el poder de decisión,  lo cual es bueno pero recordemos que si son buenos trabajadores tendrán muchas ocupaciones, pienso que para salir del impase sería crear en cada uno de los ministros de los ramos se cree un viceministro específico para que se dedique al 100%, debido a la importancia del tema, pues estamos hablando el futuro de la nación, que son las nuevas generaciones y que si alimentemos bien a esta grupo de personas tendremos una mejor  sociedad, cuando me refiero a la alimentación es en toda su dimensión: física, moral y espiritual.

El consejo es el responsable de toda la política y el cumplimiento de esta buena ley, que no hemos descubierto sus bondades, sus alcances y sus beneficios, estos representantes deben de tener plena conciencia de la LEPINA y de su necesidad en la construcción de una sociedad más justa y equitativa para todos los Salvadoreños.

El Presidente representará judicial y extrajudicialmente al CONNAN, presidirá las sesiones del Consejo Directivo. En caso de ausencia las sesiones serán presididas por el mimbro elegido entre los presentes.

Comentario: Insisto que debe de ser uno de los que son parte del estado por su responsabilidad y que los de la sociedad civil son voluntarios ya sea de ONG o de otras instituciones privadas que deseen participar. Pero así está la ley y debemos de cumplirla.


Santa Ana, 09 de octubre de 2014.

lunes, 6 de octubre de 2014

Artículo 140.- Quórum y decisión colegiada. LEPINA

El Consejo Directivo podrá sesionar con la mitad de sus miembros y adoptará sus decisiones  por mayoría simple, salvo la aprobación de la PNPNA que se tomará por voto Afirmativo de siete de sus miembros.

Comentario: me parece aceptable este inciso ya que le da libertad de acción al Consejo Directivo y que sea más fácil reunirlo pero deberían se otras restricciones mas las que se debe de pensar ya que la no asistencia a las sesiones denota un franco desinterés en este tema fundamental, teniéndose la alternativa de los suplentes, pero esto se da por que como todo en el país se pide como le gusta a Wil Salgado de CHOTO por lo que a la hora de exigir no se puede hacer.

En caso de empate el presidente tendrá voto calificado.

Comentario: Esta es una buena medida para salir de situaciones de empate, nunca me ha parecido justa pero es una forma que da relevancia al presidente del consejo directivo.


Santa Ana, 6 de octubre del 2014. 

jueves, 2 de octubre de 2014

Abandono II

Este Blog es la conclusión del Blog anterior ABANDONO, dando testimonio que no hay peor lucha que la que no se hace.

El primer caso el de la niña que se encontró en una casa abandonada, la cual fue denunciada por los vecinos y rescatada por la PNC no conocíamos ningún dato el problema aparente  es que según la madre sale a hacer un mandado y se tarda mucho por lo que la niña lloraba de hambre y encontrarse en condiciones higiénica malas, cundo ella regresa se encuentra con la noticia que la niña estaba en poder de las autoridades, ella va a la oficina de PNC de la localidad donde es detenida por el delito de abandono de menor y se le inicia expediente, estando detenida por 8 días al final de lo cual sale libe y es manda al CONNA quienes ya ha efectuado una audiencia preliminar y han encontrado a una hermana de la menor de 23 años a quien se la entregan por un período de 10 días después de los cuales se hará una nueva audiencia para tomar una decisión definitiva del caso.

En efecto tiene 8 meses de cómo clínicamente se había determinado, por lo que su nutrición estaba dentro de lo normal, su desarrollo Psicomotor de acuerdo  a su edad pero con una franca falta de estímulo afectivo, ya que dejaba de llorar al tenerla en brazos y hacerle cariño, el nombre correcto es falta de amor materno.

Diagnósticos:

1.       Abandono y descuido o negligencia de la madre.
2.       Falta de estímulo afectivo.
3.       Nutrición adecuada para su edad.

Recomendaciones al alta:

1.       Control en 48 horas por la unidad de salud de San Sebastián Salitrillo, municipio que le corresponde, donde se le debe hacer visitas domiciliares cada 8 días, revisión de vacunas y de todos los cuidados de la niña.
2.       Control cada mes en Consulta externa del hospital por pediatra, como contralor de la salud y seguridad de ella.
3.       Acatar las decisiones del CONNA.

Un error craso de la PNC no habernos informado de la detención de la madre, falta de coordinación del CONNA con la PNC, gracias a Dios llegamos a un feliz término de este difícil caso. Hubiera sido bueno que los medio de difusión masiva se le hubiese pedido ayuda privando el interés superior del niño.


El segundo caso se trata de un niño de 1 año con 1 mes de edad, sus medidas antropométricas se encuentran dentro de lo normal, Dios ama a sus hijos llegó al servicio una madre de un niño ingresado buscando a un colega y al ver al niño le pareció conocido por lo que le habla a su madre quien es amiga de la abuela del niño comunicándole que el niño está ingresado pero desea que se corrobore la identificación y estar segura esta señora llega al hospital y llega al servicio identificándolo como el nieto de su amiga, la llama inmediatamente pero tiene que esperar la hora de la visita, las personas que vieron este encuentro lo describen con lujo detalle la expresión del niño al ver a la abuela reía y lloraba de la emoción, comenzó a comer solo, a quedarse sentado sin apoyo, nueve sus manos adecuadamente, todo aquello que nos parecía anormal del niño desapareció, esta mañana el niño se para agarrado de las barandas de la cama y el solo comienza a tomar sus alimentos, que excelente medicamento es el AMOR.

Pero cuál es el trasfondo este niño ya había sido caso nuestro nace en el hospital y la madre aparentemente presenta una Eclampsia severa por lo que es referida al H de Maternidad a San Salvador y por estar sano y normal se le entrega a la abuela para su cuido ya que ella tenía a la hermanita mayor a su cargo, cundo sale de maternidad la abuela le entrega a los 2 niños y le hace ver que son su responsabilidad, ella esta apegada al niño y ejerce vigilancia, pero la señora entabla una relación amorosa con otra pareja que no quiere a los niños, todo esto coincide con la historia que la madre llegó a la unidad de salud con los 2 niños y se lo deja a una paciente porque iba a buscar un billete de $20 La madre le niega a la abuela que lo abandonó.

Diagnósticos:

1.       Abandono premeditado de la madre.
2.       Rechazo del niño por la nueva pareja de la madre.
3.       Retardo psicomotor afectivo.

Recomendaciones:

1.       Entregar niño a la abuela.
2.       Dictar medidas de protección para los niños.
3.       Evaluación Psiquiátrica de la madre.
4.       Acatar medidas del CONNA.

Peligros para los niños que sean vapuleados en el menor de los casos sino que los maten. Irónico este niño fue bautizado a pesar de que abuela es evangélica para mí que soy fiel creyente de la religión Católica es confirmado que es un HIJO DE DIOS.


Santa Ana, 2 de octubre del 2014.