sábado, 21 de diciembre de 2019

Oración Scout

Cuando me inicié como Scout el escultismo era sumamente elitista solo había en El Liceo Salvadoreño, El Externado San José, El Liceo San Luis en Santa Ana, fue en esta última institución la que lo hace democrático como era el deseo de su fundador.
La oración dice.
SEÑOR ENSÉÑAME A SER GENEROSO
A DAR SIN MEDIDA.
A COMBATIR SI SER TEMEROSO
Y A NO ESPERAR MÁS RECOMPENSA
QUE LA QUE SEA TU SANTA VOLUNTAD
AMEN.
Todos los que nos formamos en esta disciplina son personas de éxito y que cumplen con esta oración dedicada a San Jorge, nos ha moldeado el carácter, razón del éxito.
Oración a San Jorge.
Dios bendiga a los Scout del mundo entero.
Santa Ana, 21 de Diciembre del 2019.

jueves, 19 de diciembre de 2019

LEPINA 51

Artículo 51.- Derecho de Acceso a la Justicia
Se garantiza a las niñas, niños y adolescentes el acceso gratuito a la justicia; la cual incluye entre otros a los siguientes;
Es un derecho fundamental de todas las personas y un reconocimiento que los menores son personas con derechos y deberes
a)-. Asesoría y atención especializada en materia de protección de los derechos de la niñez y adolescencia;
Quienes den esta aseso deben de tener una capacitación especial en la materia, en otras palabras que estén bien capacitados
b)-. Atención prioritaria tanto en sede judicial como en instituciones auxiliares de la administración de justicia, sedes policiales y administrativas;
Para que sea pronta y cercana alas personas, para beneficio de los menores.
c)-. Adopción de medidas de protección de su identidad y las de sus familiares, cuando resulte procedente;
d)-. Facilidades para la redacción de su testimonio en ambientes no formales ni hostiles; y de considerarse necesario por medio de circuito serrado o teleconferencia y grabación de testimonio para facilitar la reproducción en la audiencia administrativa o judicial, cuando sea posible y necesario;
De más está decirlo pero muchos jueces intimidan a las víctimas y testigos pienso por hacer buena justicia, pero son preguntas capciosas e intimidantes yo lo he experimentado en carne propia en un juicio, hoy para mi no es problema ya estoy preparado para ello
e)-. Seguimiento de las acciones iniciadas y ejecución de las resoluciones para la protección de la niñez y la adolescencia;
Lo iniciado debe de cante o continuar y ser parte importante del proceso
f)-. Información de las niñas, niños y adolescentes del estado de su procesos judiciales y procedimientos administrativos;
g)-. Disponibilidad y adecuada distribución territorial de los servicios;
h)-. Teatro digno y respetuoso de la niña,niño y adolescente así como de su madre, padre, representante o responsable;
i)-. Disponibilidad de material divulgativo, informativo y de orientación sobre procesos judiciales y procedimientos administrativos para la defensa de la niñez y la adolescencia;
j)-. Redacción clara y sencilla de las resoluciones judiciales y administrativas;
Este es un punto flaco ya que la redacción clara y sencilla los profesionales del derecho en ocaciones para nosotros los legos pareciera escritas en chino o ruso.
k)-. Garantía del derecho de opinar de las niñas, niños o adolescentes en todos aquellos procesos judiciales y procedimientos administrativos cuya decisión les afecte de manera directa o indirecta; y ,
l)-. La resolución ágil y oportuna de los procedimientos administrativos y los procesos judiciales.1
Santa Ana, 19 de diciembre del 2019.

lunes, 16 de diciembre de 2019

LEPINA 50

Artíulo culoo 50 de la LEPIN -Defensa material de sus derechos
Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a defenderse con todos los medios que la Ley disponga ante cualquier persona, entidad u organismo, sea este público o privado.
Derecho inviolable de todos los seres humanos que casi nunca es respetado.
Asimismo tienen garantizada la protección administrativa y judicial, la cual implica la posibilidad de acudir ante las autoridades competentes ya sea directa o por medio de su madre, padre, representante o responsable como lo dispone esta Ley.
Enfatizando este derecho.
Para el ejercicio de este derecho, el Estado debe de garantizar la asistencia y la representación jurídica gratuita a las niñas, niños y adolescentes.
Pueden pedir un fiscal que los represente y asesore.
Santa Ana, 16 de Diciembre del 2019.

domingo, 15 de diciembre de 2019

LEPINA 49

Artículo 49.- Derechos de refugio y asilo
Las niñas, niños y adolescentes que posean el estatus de refugiado o estén en situación de asilo en El Salvador, tienen derecho a recibir protección y asistencia legal y humanitaria para el pleno goce de sus derechos. El mismo derecho asiste a su madre, padre o personas encargadas de su cuidado.
El estatus de refugiado o asilado los ampara al derecho internacional y como tal se consideran personas en esta calidad con plenos derechos y deberes.
Ana. 15 de Diciembre del 2019.

sábado, 14 de diciembre de 2019

Programa de la Dra. Polo

Programa que tiene buena audiencia y que ella se considera de mente abierta
No soy mente abierta en primer lugar, algunos pensaran que soy cerrado y así parece, lo que sucede es que no me gusta que me den atole con el dedo, cuando algo va encontra de mis convicciones lo analizo y expongo mis ideas.
Parto del hecho que la biología es muy clara solo existen 2 sexos, hombre o mujer los mal llamados inte-sexso es un una anomalía de los genitales masculinos conocida hipospadia, con el conocimiento de la cromatina sexual pudimos saber a qué sexo corresponde, hoy con los avances de la genética podemos diferenciarlos con mayor seguridad, con la USG localizamos los testículos, no encontramos útero ni anexos.
Lo que ha perdido a la mente humana el la macabra teoría del género la cual distorsiona la mente al pensar que el sexo es un sentimiento o pensamiento por eso géneros hay miles y en esto se escuda pedófilos, homosexuales de ambos sexos patología ya descrita en la clasificación internacional de enfermedades de la mente.
Después de esta integración el caso se trató de una unión de lesvianas que una de ellas se embaraza y procrea a un niño, destruyendole la mente en que tiene 2 mamas, cierto ambas lo quieren y las reconoce como tal, creando en su mente que no tiene padre lo cual no es cierto hubo alguien que donó el espermatozoide y que es el padre; le han deformado la mente algún día es se dará cuenta del engaño.
Recurren a una Psicóloga quien es del mismo pensamiento, eso no quiere decir que sea lo correcto, el engaño y manipulación de la mente del niño son reales; el adoptado debe de saber que lo es y no ser engañado.
Como ven dañamos a los niños con estas "mentes abiertas" los menores son personas con todos los deberes y derechos.
Santa Ana, 14 de Diciembre del 2019. 

miércoles, 11 de diciembre de 2019

El nuevo H. Rosales

Será el mejor de Centro América no cabe duda
Claro dependiendo  de todos nosotros y de la voluntada política de las autoridades, dura misión ya que tenemos que educarnos y darle un buen uso.
No es para catarros, uñeros, se debe de hacer una selección adecuada ya que la consulta externa se dedica solo a atención de casos referidos de otros centros del sistema de salud, se atenderá únicamente a los pacientes del área  de que demuestre que viven allí.
Con el sistema de comunicaciones actuales los que no ameritan se les referirá a donde corresponde, con esto  dar más cobertura, pasar consulta solo los que ameritan y que sean referidos del segundo nivel de atención.
Recuerdo mis épocas de residente en un período pre-vacaciones llegó una señora a pedir medicina para irse tranquila  a la playa pidiendo medicina por si le daba diarrea o tos, a lo que me negué así somos de abusivos los salvadoreños.
En conclusión atender solo a los referidos y evitamos complacencias, se dará mejor atención y no se sobrecargará los consultorios.
Santa Ana, 11 de Diciembre del 2019.

sábado, 7 de diciembre de 2019

LEPINA 48

Artículo 48.- Derecho de rectificación o respuesta.

En caso de violación a la intimidad, el honor o la propia imagen de un niño o adolescente por un medio de comunicación, se garantiza el derecho de rectificación o respuesta a través de la vía judicial, el cual podrá ser utilizado por la niña. niño o adolescente o a través de su madre, padre, representante o responsable.
El menor es un ser humano en evolución con derechos y deberes y tiene derecho de respuesta por si mismos o por quien estén representados, es mas por la misma sociedad civil. 

Santa Ana, 7 de Diciembre del 2019.

jueves, 5 de diciembre de 2019

Sorpresas que nos da la vida

Un día de esta semana al llegar al super uno se me adelanta a aparecerse antes que yo

Me sentí muy molesto sale un señor que se baja del auto y luego una señora sin aparente discapacidad, el que me acompañaba y yo comentamos aprovechados.
Pero enseguida abren el baúl del vehiculo sacan una silla de ruedas y colocan en ella a una cipota como de 15 años con facies de padecer de un trastorno cromosómico pero el conjunto de ella es una cipota muy agraciada me pareció bella estaba viendo su interior, si es bonita físicamente.
El señor le pide que diga su nombre y con una sonrisa lo dice, el fue tu médico cuando estabas chiquita, esa sonrisa no tiene precio me hizo el día feliz.
Le pregunto ¿Cuantos años tiene? en enero cumple cuarenta, imprudente le digo pero no tiene canas y me dicen ya tiene algunas.
Lecciones para mi no prejuzgar las acciones de los demás y no ser imprudente la señora me pregunta la edad y muy ufano le digo 76, me contesta le gano yo, tengo 82.
El padre me cuenta que hace poco comenzó a hablar y que poco a poco ha idos mejorando su comunicación, ha sido una lucha dura pero con satisfacciones.
Dios nos regala oportunidades de colaborar en sus obras.
Santa Ana, 5 de Diciembre del 2019.
Este ha sido mi regalo de navidad y lo comparto.

lunes, 2 de diciembre de 2019

Luxación congénita de la cadera

Una de las responsabilidades que tenemos los pediatras en especial los neonatólogos.

La historia puede cambiar muy en especial cuando de el diagnóstico tiene que ser lo más temprano posible y el tratamiento se impone a mi juicio de inmediato
El panorama hoy es muy diferente
La referencia anterior es un excelente video de la maniobra de ortolani para la sospecha clínica hace 30 años teníamos que usar Rx con el consiguiente daño a las gónadas, esto hoy ya no es necesario por el uso de la ultrasonografía gracias a una colega que ha capacitado a los neonatólogos de nuestro hospital y a la cual recurrimos cuando hay duda.
No se van de alta sin practicarle este examen, inocuo, de bajo costo y alto rendimiento.
Lo que no dijo el colega que hemos creado artefactos que se ha demostrado que son dañinos como son las famosas andaderas proscritas por el daño a las caderas, los traumas cráneo-encefálicos, retardo psicomotor y el daño a la visión.
La forma de cargar a los niños puede causar este daño al separar la cabeza del fémur del acetábulo, es lo mimo que sucede con los cargadores de niños cómodos para los adultos pero dañinos para las caderas de los niños, cuando veo a algún padre usandolos les explico el daño que producen.
Resumiendo niños el los que debemos pensar en esta patología 1-Prematuros, 2-Posición podálica, 3-Hijos de padres con problemas de caderas.
Santa Ana, 2 de Diciembre del 2019,

LEPINA 47

Artículo 47.- Prohibiciones específicas frente a la utilización de la imagen y afectación de la identidad personal de la niñas, niños y adolescentes

Se prohíbe la utilización de la imagen de niñas, niños y adolescentes

a)Programas, mensajes publicitarios y producciones de contenido pornográfico,
b)Programas, mensajes publicitarios y producciones cuyos contenidos que inciten a la violencia o sean inadecuados para su edad,
 c)La publicación o exhibición de noticia, reportajes, crónicas, historias de vida o cualquier otra expresión periodística con imágenes o nombres propios de niños, niñas y adolescentes de manera directa o indirecta identifiquen a las víctimas de maltrato o abuso,
d)La publicación o exhibición de imágenes y grabaciones o referencia escritas que permitan la identificación directa o indirecta la individualización de una niña, niño o adolescente víctima de cualquier delito, y,
e)La publicación del nombre, así como la imagen de las niñas, niños o adolescentes procesados o sentenciados por delitos o faltas.
El tema principal es la protección integral de la imagen de los menores sin que puedan alegar el derecho de información, los menores son seres humanos en proceso de crecimiento y desarrollo por eso este artículo.

Santa Ana, 2 de Diciembre del 2019.