sábado, 7 de diciembre de 2019

LEPINA 48

Artículo 48.- Derecho de rectificación o respuesta.

En caso de violación a la intimidad, el honor o la propia imagen de un niño o adolescente por un medio de comunicación, se garantiza el derecho de rectificación o respuesta a través de la vía judicial, el cual podrá ser utilizado por la niña. niño o adolescente o a través de su madre, padre, representante o responsable.
El menor es un ser humano en evolución con derechos y deberes y tiene derecho de respuesta por si mismos o por quien estén representados, es mas por la misma sociedad civil. 

Santa Ana, 7 de Diciembre del 2019.

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