miércoles, 7 de septiembre de 2016

Artículo 40 LEPINA

Prevención frente a la privación de libertad, internamiento e istituconalizacíon

Todas las niñas, niños y adolescentes tienen derecho a no ser privados de su libertad, de forma arbitraria o ilegal sin más límites que los que la ley determine.

Cualquier medida de privación de libertad, internamiento o institucionalización de las niñas, niños o adolescentes que son tomadas por las autoridades competentes, tendrán carácter excepcional y deberán respetar los los plazos previstos por la Ley. En ningún caso podrá recluirse a adolescentes en centros de detención policiales o penitenciarios de personas adultas.

Comentario: Este artículo se refiere a casos especiales comenzaré por los que infringen la Ley y son detenidos en flagrancia, estos son casos de adolescentes, pero hay casos en menores de 12 años y el procedimiento es el mismo, pero tienen la oportunidad de las audiencias que serán en los juzgados de menores, que tienen un criterio más amplio y que son jueces especializados en la materia para tomar las mejores decisiones para el menor y agotar todas las alternativas posibles, en otras palabras menores que han quebrantado la Ley.

Pero hay otro tipo de situaciones en que la única alternativa es el internamiento como: Niños en estado de abando, padres con problemas para el cuido con drogadictos, abusadores, extranjeros; en fin menores que no tiene problemas legales pero por su condición necesiten de albergues temporales para un adecuado cuidado y protección que se puede solucionar si se encuentran familiares o en hogares temporales.

Desgraciadamente no hay lugares en forma inmediata y el los cuarteles policiales algunos cuentan con camas y les dan comida pero al día siguiente se ponen a orden de CONAN o su comités departamentales  quienes buscan alternativas los del Departamento de Santa Ana son inoperantes y por eso buscan que se internen en el hospital, cómodo para ellos pero no es correcto, justo y adecuado. Espero que alguno de sus miembros lean este blog.

Santa Ana, 7 de Septiembre del 2016. 

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