viernes, 23 de abril de 2021

LEPINA 165

 Artículo 165.- Decisiones

Las decisiones delas Juntas de Protección serán optadas por mayoría simple del total de sus miembros integrantes. En caso de Empaten el Coordinador tendrá voto de calidad.

En caso de sanciones y medidas de protección las decisiones tendrán fuerza ejecutiva.

Deja 2 cosas claras en el empate de las votaciones el coordinador es el que decide a eso se le llama voto de calidad. la segunda es que los acuerdos tomados tiene fuerza ejecutiva esto es que son un mandato y todos los miembros deben de acatarlos.

Santa Ana, 23 de Abril del 2021


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