jueves, 12 de febrero de 2015

Artículo 210.- De la prueba. LEPINA.

El procedimiento administrativo rige el principio de la libertad probatoria

Comentario: Este es un tema jurídico que para nosotros los neófitos en el derecho no alcanzamos a comprender pero haré la consulta a uno de los magistrados de la Corte Suprema de Justicia y espero ella me explique de que se trata.

La prueba vertida se ponderará de conformidad con la sana crítica.

Comentario: Nuevamente me sacan de mi campo y me lleno de dudas, a mi poco entender queda a criterio del juez quien tiene la razón, me recuerdo el caso que se le presenta a Rey Salomón claramente expresado le toca que decidir de quien es el hijo, el toma al niño y se los da a los guardias con la siguiente orden pártanlo por mitad y denle una parte a cada mujer, una de ellas le dice dáselo mejor a la otra, allí reconoció quien era la madre que prefería perderlo a verlo morir. Pero este es el sabio mas grade que se conozca y nuestros jueces serán igual.


Santa Ana, 13 de febrero del 2015. 

Les quedo con deuda y les pasaré lo que opina mi querida amiga. 

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