jueves, 25 de marzo de 2021

LEPINA 147

 Artículo 147.- Atribuciones del Director Ejecutivo

Son atribuciones del Director Ejecutivo:

a) Cumplir y hacer que se cumplan las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo, así como la atribuciones y funciones que le corresponden;

c) Planificar, coordinar y supervisar a nivel general y superior de la Dirección, las actividades técnicas, administrativas, financieras y programáticas de la misma;

d) Elaborar el anteproyecto del presupuesto especial y el régimen de salarios de la Dirección Ejecutiva para cada ejercicio fiscal, así como la memoria anual de labores y someterlos a la aprobación del CONNA;

e) Ejecutar la convocatoria para las reuniones del Consejo Directivo; actuar en ellas como Secretario Ejecutivo y Relator con voz pero sin voto y llevar el libro de actas correspondiente; y,

f) Todas las demás que fueran necesarias para el desarrollo de las labores del CONNA.

El Director Ejecutivo debe desarrollar funciones vitales para la defensa de niños y adolescentes, no está funcionando.

Santa Ana, 25 de Marso del 2021

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