miércoles, 10 de marzo de 2021

LEPINA 137

 Artículo 137.- Estructura organizativa

Para asegurar el logro de sus objetivos y el cumplimiento de sus atribuciones el CONNA contará con los siguientes órganos:

a) El Consejo Directivo;

b) La Dirección Ejecutiva; y, 

c) Las demás dependencias que no se definan en su reglamento interno y de funcionamiento.

 Los Órganos expresados anteriormente contarán con el personal técnico y administrativo que fuere necesario.

Todo estará definido en el presupuesto general de la Nación, buscando n hacer una hipertrofia del CONNA lo que lo hería no funcional, que puede ser lo peor.

Santa Ana, 10 de Marzo del 2021

No hay comentarios:

Publicar un comentario