viernes, 4 de diciembre de 2020

LEPINA 91

 Espacios e instalaciones para el descanso, recreación, esparcimiento, deporte y juego

El Estado debe de garantizar creación de espacios e instalaciones públicas dirigidas a la recreación, esparcimiento, deporte, juego y descanso tales como parques y Ludotecas.

Es una obligación para el pleno desarrollo de los seres humanos, un medio para lograrlo, nos compromete a todos para que se cumpla,

El acceso y uso de estos espacios e instalaciones es gratuito para las niñas, niños y adolescentes que carezcan de medios económicos.

Esto va más al sector público ya que en el privado en un buen porcentaje cuentan con ellos, pienso y lo logré en el HNSJDDSA que como lugar donde hay niños deben de existir estos espacios los cuales sirven para que los pacientes se recuperen y continúen su proceso educativo.

La planificación urbanística debe asegurar la creación de áreas verdes recreacionales y deportivas destinadas al uso de las niñas, niños y adolescentes y sus familias, facilitando especialmente el acceso aquellas personas con discapacidad.

Santa Ana, 4 de Diciembre del 2020.

 

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