lunes, 28 de diciembre de 2020

LEPINA 104si

Artículo 104.-Principios del Sistema de protección integral

El Sistema de de protección integral se organizará y se regirá bajo los principios de legalidad, participación democrática, eficiencia y eficacia. 

La organización de sus integrantes del Sistema se regirá además por los principios de coordinación, cooperación, buena fe y gratuidad.

En principio de acuerdo, el inconveniente es que donarán sus servicios, así no se les pude exigir eficiencia y eficacia, en lo personal pienso que se les debe de remunerar de alguna forma así se les puede exigir eficiencia y eficacia, de lo contrario si no cumplen no podemos hacerlos rendir, la compensación no es precisamente monetaria hay otras formas de estímulo que puede ser más efectivo (no solo de pan vive el hombre).

El aceptar un cargo es hacer un cargo implica un trabajo y el trabajo debe de ser remunerado, hay miles de estímulos que a las personas son más importes que el dinero. Así lo establece las sagradas escrituras, todo lo que hagamos se nos debe de reconocer, la forma es otra cosa.

Santa Ana, 28 de Diciembre del 2020. 

 

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