miércoles, 9 de octubre de 2019

LEPINA 19.

Artículo 19 -Prohibición evita la experimentación y practicas que contra la vida.

Se prohíben cualquier tipo de actividad que atente contra la vida, dignidad o integridad física, psíquica o moral de las niñas, niños o adolescentes tales como:

a) Experimentación médica;
Evita que suceda lo de la Alemania Nazi

b) Experimentación genética y,
Tenemos que tener cuidado con la fertilización in-vitro estas si se practican deben de buscarse una forma legal de hacerlo, si no hay legislación, estamos en un buen problema, no se puede hacer

c) Practicas étnicas, á o sociales.
Es el choque cultural que se da frecuentemente como creer en el empacho el mal de ojo.algunos tan dañinos capaces de causar la muerte como succionar la fontanela y producir una hemorragia del SNC y un sin número más de estas practicas fomentadas por los curanderos.

Cualquiera persona que tenga el conocimiento de la experimentación que se hacen referencia en el inciso anterior, estará obligada a denunciarla conforme a la normativa penal.
De todos es conocido que la fertilización in vitro se hace en el salvador, nos parece bien lo que no tomamos encuenta por desconocer o no tener una respuesta que, para ella se fertilizan varios óvulos, que según definición de vida de nuestra Constitución ya son seres humanos, ¿Que haremos con los óvulos que no implantamos? Legalmente son seres vivos, los desechamos o los guardamos una pregunta sin respuesta.

Estamos en un callejón sin salida por el momento.

Santa Ana, 9 de Septiembre del 2019.

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