martes, 29 de mayo de 2018

Artículo 233 LEPINA

Señalamiento de audiencia
En el auto de admisión de la demanda el juez señalará el día y la hora en que tendrá lugar la audiencia la cual deberá celebrase en un plazo máximo de 24 horas, contadas a partir del señalamiento.

Comentario: Debemos recordar que es una proceso abreviado y que requiere resultados prontos. 

La audiencia se realizará mediante única convocatoria debiendo el juez citar a las partes por cualquier medio.

Comentario: Es para reforzar la velocidad, no hay vuelta atrás el juicio se consuma.

En la citación se indicará que la audiencia no se suspenderá por la incomparecencia del demandado  y que las partes han de concurrir con todos los medios de prueba que pretendan hacer valer.

Comentario: Esto es que la victima se le protegerá ante todo, recordemos que muchos piensan que amenazando pueden alterar los resultados de la audiencia, recordemos que vivimos en un país en que las amenazas están a la luz del día. Esto hace que las víctimas tengan miedo.

Santa Ana, 29 de Mayo del 2018.

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