viernes, 4 de junio de 2021

LEPINA 193

       Sección tercera

Asociaciones de Protección y Asistencia a los derechos de la niñez y adolescencia

Artículo 193 definición

Las Asociaciones de Asistencia  de los derechos de la Niñez y Adolescencia, en adelante asociaciones de Protección Asistencia, son asociaciones legalmente constituidas para la protección local de los derechos de la niñez y adolescencia e integradas a la Red de Atención.

La asociaciones de Protección y Asistencia pueden ser públicas o privadas según sean organizadas por los municipios o por la sociedad y podrán estar integradas, además de los defensores, por cualquier persona que desee participar de la protección y el apoyo de los derechos de la niñez y la adolescencia.

Santa Ana, 4 de Junio del 2021

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