miércoles, 2 de junio de 2021

LEPINA 191

 Artículo 191.- Cooperación técnica y financiera

El ISNA podrá solicitar asistencia técnica y financiera a gobiernos  u organismos internacionales especializados. De igual manera podrá acordar proyectos que permitan la cooperación del sector privado que canalice la responsabilidad social empresarial en el marco de la PNPNA.

Esto le da gran amplitud al ISNA y acceder a las ayudas internacionales  la empresa privada, se entiende en beneficio de la niñez salvadoreña

Los fondos para el logro de una protección de los menores tiene que fortalecerse para hacer más efectiva y abarque la mayoría de los menores salvadoreños, siempre y cuando la constitución y las Leyes de la república lo permitan.

Santa Ana, 2 de Junio del 2021    

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