martes, 12 de enero de 2021

LEPINA 112

Artículo 112.- Principios rectores

La PNPNA deberá atender los siguientes principios rectores

a) Interés superior de la niña, el niño y el adolescente;

b) Prioridad absoluta;

c) Integralidad en la protección de los derechos;

d) Participación social que incluya a la niñez y adolescencia;

e) Igualdad y no discriminación; y,

 f) Equidad entre los géneros.

Muy de acuerdo en todos excepto en el literal (f) a mi juicio debe de decir sexo ya que solo existen 2 masculino y femenino. Géneros pueden se miles y esta es una teoría no una realidad.

El género es una mera percepción de cada individuo dando lugar a confusión. Esta teoría ha producido enormes daños a los menores en ella se esconden los LTGB así se ocultan para producir daño, por eso creo que se debe cambiar por sexo ya que este se encuenta en todas las células de los humanos.

Santa Ana. 12 de Enero de 2021. 

 

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