domingo, 3 de enero de 2021

LEPINA 106

Artículo 106.- Declaratoria de interés público y nacional.

Se declara de interés público y nacional la ceración, implementación y funcionamiento del Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y de la Adolescencia.

El Gobierno central y los Municipales están obligados colaborar en la implementación del Sistema de Protección Integral, cuyos planes de coordinación y desarrollo tendrán carácter de nacional.

Todo el artículo para los 3 poderes del estado es letra muerta, ninguno hace y ha echo nada para darle vida, si se hiciera otro gallo nos cantara, ninguno de los 3 le interesa, es más los ignoran pues los 3 verían afectados sus poderes, ¿Miedo a enfrentar con decisión las limitantes que ello demanda.

Por el bien de la niñez y de la adolescencia espero la sociedad civil se los reclame y así sean funcionales.

Santa Ana, 3 de Enero del 2021.

 

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