jueves, 7 de noviembre de 2019

LEPINA 35

Artículo 35 Derecho a un medio ambiente sano

Las niñas, niños y adolescentes tienen derecho de gozar de un medio ambiente sano, ecológicamente sustentable y adecuado para su desarrollo,
En el plano de lo ideal es fácil decirlo en realidad no es posible ya que esto requiere de mucha educación de los humanos, es un proceso de su decisión nacional, cambios que se pueden realizar por lo menos por 3 generaciones en tiempo como 60 años. Eso no quiere decir que no aspiremos a ello

El estado debe prever en la política medio ambiental programas permanentes dirigidos a promover la participación de la niña de, el niño y el adolescente en la protección, conservación y disfrute de los recursos naturales y reducir los riesgos de los peligros ambientales,

Así mismo y con cooperación de la sociedad, las familias, deberá implementar programas educativos con el manejo adecuado de los residuos sólidos, el reciclaje de las basuras y el monitoreo de la calidad del agua potable suministrada a la comunidad,
De esto el reciclaje de la basura las personas se ha dado cuenta que es una fuente de ingresos, además del tren de aseo hay personas que se dedican a ello y pasan por las calles recolectando podemos premiar a estas personas.

Santa Ana, 7 de Noviembre del 2019. 

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