miércoles, 12 de mayo de 2021

LEPINA180

 Competencia

El ISNA tendrá las siguientes competencias:

a) Difundir en todo el territorio Nacional la PNPNA bajo las directrices del CONANA;

b) Coordinar y supervisar a los miembros de la Red de Atención compartida e informar al CONANA de las infracciones e irregularidades cometidas por estos con el propósito que se deduzcan las responsabilidades correspondientes;

c) Difundir y promover el conocimiento de los deberes y derechos de las niñas, niños y adolescentes, así como los informes del comité de Derechos Del Niño de las Naciones Unidas;

d) Desarrollar programas de participación, asistencia y desucación para las niñas, niños y adolescentes;

e) Desarrollar programas para la formación y acreditación de familiares para el acogimiento familiar;

f) Prestar los servicios necesarios para la ejecución y supervisión de las mediadas de protección que dicten las autoridades administrativas o judiciales correspondientes y asistir a otras entidades en la misma función;

e) Elaborar planes y programas de formación y acreditación de las familias para el acogiento familiar;

f) Prestar los servicios que fuesen necesarios para la ejecución y supervisión de las medidas de protección que dicten las unidades administrativas o judiciales competentes y asistir a otras entidades en la misma;

g) Elaborar planes y programas de carácter preventivo para la protección de las niñas, niños y adolescentes en su medio familiar y la atención prestada en los centros estatales, municipales y organismo no gubernamentales;

h) Promover y ejecutar estrategias planes y programas de formación y capacitación dirigidos a la educación, mejoramiento y especialización de los recursos humanos en las áreas de atención, protección y tratamiento de la niñez y adolescencia, así como en materia de prevención de situaciones que afecten a las niñas, niños y adolescentes y su familia;

i) Realizar,  promover el desarrollo de la investigación en materia de niñez adolescencia y familia; 

j) Aprobar sus proyectos de presupuesto especiales sobre la materia;

k) Elaborar y decretar el reglamento interno y de funcionamiento del ISNA, así como los que les corresponde aplicar; y

l) Las demás que corresponda de conformidad con el ordenamiento Jurídico.

Las competencias del ISNA serán ejercidas através  de la Junta Directiva, la cual podrá delegar el ejercicio de sus competencias que estime adecuada su Didirector Ejecutivo.

Para el cumplimiento de los fines de la presente Ley, el ISNA podrá crear delegaciones en cualquier lugar del territorio Nacional.

Santa Ana, 12 de Mayo del 2021


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