jueves, 29 de marzo de 2018

Capítulo 204 LEPINA

Principio de Oficiosidad

El procedimiento se impulsará de oficio en todos sus trámites.

Las autoridades competentes pondrán de oficio o a petición  del interesado, ordenar las diligencias y recolectar pruebas necesarias para determinar la existencias de las circunstancias debatidas.

Comentario: Al ser formulada la demanda las autoridades se encargan de determinar la veracidad de la denuncia, conseguir las pruebas para tomar las acciones que sean necesarias para proteger los derechos que están siendo vulnerados, para seguir las acciones de protección.

Las autoridades competentes con 1- el CONNA lo ideal es esta ruta pero pueden ser Jueces de familia, Fiscalía de la República, PNC y la base lógica Juntas de Protección municipal ya que esta se encuentran en todos los municipios, siendo los representantes del CONNA en cada municipio. En este momento no se si todos los municipios tienen esta juntas, es por lo tanto el camino ideal.

Santa Ana, 29 de Marzo del 2018.

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