lunes, 26 de junio de 2017

Artículo 135 LEPINA

Competencia

El CONNA es la máxima autoridad del Sistema de Protección Integral y tendrá las siguientes funciones:

  1. Diseñar consultar, aprobar, modificar y difundir la PNPNA; Comentario: Es el ente rector en la protección de la niñez y la adolescencia por medio de la política que el diseñe para protección de los menores, su principal misión es dar protección para todos sin excepción de sexo, raza, nacionales o extranjeros, vasta tener menos de 18 años, con equidad, calidez y con la velocidad que demande cada caso.
  2. Vigilar y asegurar la coherencia de las distintas políticas, decisiones y acciones públicas con la PNPNA, así  como las omisiones en que hubiese incurrido los servicios públicos y emitir las recomendaciones pertinentes; Comentario: indica claramente que es su obligación de velara que estas políticas sean coherentes como ejemplo los NINIS (menores que ni trabajan ni estudian) se les asigna una cuota sin exigirles nada, incongruencia fomento de la vagancia, la mendicidad solo para que los familiares voten por el gobierno de turno;
  3. Evaluar la PNPNA como mínimo cada tres años y formular las recomendaciones correspondientes; Comentario: letra muerta ya que en mas de 10 años de la LEPINA no se ha hecho, pienso porque en realidad como que no hay PNPNA no la han divulgado, si existe casi nadie la conoce ya es hora que el gobierno central asuma su papel;
  4. Planificar y coordinar la implementación y funcionamiento del Sistema de Protección Integral de la niñez y adolescencia; Comentario: Si se ha hecho no lo se pero es un problema de divulgación en todo caso, el próximo presidente puede tomar como bandera de su campaña y daría muchos frutos para todos los salvadoreños;
  5. Registrar a los Miembros de Atención Compartida y acreditar sus programas; Comentario: Que yo sepa no hay registro y es necesario ya que hay un sin número de ONG que reciben fondos en ese sentido y no son controlados por ningún ente y mucho menos por el CONNA.
  6. Sancionar a los miembros de la Red de Atención Compartida cuando corresponda; Comentario: El comentario sale sobrando no existe un registro de de las ONG dedicadas a esta función y se presta a mucha venganza política como sucedió con El Hogar para personas Discapacitadas Abandonadas, que la sra. Vanda Pignato quiso destruir;
  7. Informar inmediatamente a los comités locales y a las Juntas de protección del registro de los miembros de la Red de Atención Compartida que operen en sus jurisdicciones; Comentario: esto no se cumple yo trabajo como coordinador del comité de Pediatría Social de Departamento de Pediatría y hasta el momento no se nos ha informadoesto sería de mucha utilidad para nosotros conocer a quien podemos recurrir;
  8. Sistematizar la información sobre las actuaciones de los miembros de la Red Compartida; Comentario: seria fabuloso ojalá se cumpla algún día;
  9. Evaluar anualmente la inversión social y las prioridades de inversión del presupuesto de Ingresos y Egresos de la administración pública y emitir recomendaciones necesarias que señalen las pautas y buenas practicas para el efectivo y pleno goce de los derechos de las niñas, niños y adolescentes; Comentario: En el plano teórico muy bonito pero no lo he visto en el informe del ministerio de Hacienda;
  10. Promover la protección en casos de violaciones o amenazas de los derechos colectivos y difusos de las niñas, niños y adolescentes; Comentario: Se cumple más cundo hay lugar a la publicidad pero el sistema Judicial se encuentra muy viciado, este día me enteré en las redes sociales que una madre prostituye a su hija de 6 años y cuando esta se niega a entregarse a los agresores la madre la golpea sacan la foto de la niña el juez le entregó a la menor a la madre, no se sabe en que basa la descición;
  11. Promover los procesos constitucionales y contencioso administrativo que correspondan cuando determinadas normas, acciones u omisiones vulneren los derechos de la niñez y la adolescencia; Comentario: Entiendo que si se hace;
  12. Denunciar ante los órganos competentes las acciones u omisiones de servicios públicos y privados que amenacen o violen los derechos de las niñas, niños y adolescentes; Comentario: Desde mi punto de vista no se cumple veamos ¿Que se hace en el caso de desabastecimiento de medicamento e insumos médicos que estamos viviendo? Sale la ministra de salud y dice que no es cierto pero la realidad es otra para nosotros los médicos, lo correcto sería aceptarlo y decir que se esta buscando como solucionarlo no decir que si hay cuando en realidad no existente.
Lo haré en 2 entregas.
Santa Ana, 26 Junio del año 2017.

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