lunes, 25 de julio de 2016

Artículo 7 LEPINA

Sujetos obligados

Las madres y padres en condiciones de equidad, los representantes o responsables de las niñas, niños o adolescentes, funcionarios, empleados e instituciones públicas, organizaciones privadas y la sociedad en general están obligados a cumplir a cumplir y hacer cumplir las disposiciones de está Ley.

Comentario: Este artículo remarca la obligación del cumplimiento de esta ley comienza con los padres sin hacer distinción del sexo y con igual autoridad para ambos, pero también los funcionarios o sea los que son nombrados que tiene el deber de cumplir, vigilar y denunciar el no cumplimiento de la Ley, si se hacen los locos o piensan que los que no les toca acatar, todos los empleados públicos y privado también estamos obligados y finalmente todos los miembros de la sociedad civil debemos cumplir y vigilar que se cumpla la Ley de lo contrario somos cómplices de las violaciones de la LEPINA.

No quiero dejar por alto la obligación de Diputados, ministros que a la larga son los culpables de que la Ley no se pueda aplicar por que ellos son los principales violadores.

Los profesores y educadores que después de los padres son una parte de los agresores de los menores y deben de entender que los menores son sujetos de derechos.

Santa Ana, 25 de Julio del 2016.

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