martes, 16 de diciembre de 2014

Artículo 171.- Naturaleza de los miembros de la Red. LEPINA

Las entidades de atención integradas en la Red de Atención Compartida podrán de naturaleza privada, pública o mixta, y estar constituidas mediante cualquier forma de organización autorizada por el ordenamiento jurídico salvadoreño.

Comentario: No entiendo a ciencia cierta a que se refiere este inciso, pero a mi poco entender se refiere a la forma de presentarse si son solas, si tener relación con otras para actuar, si están relacionadas a mucha y así actúan y si participan de ambas formas. O se refieren a que por su conformación están interesadas en un sector las privadas, que se interesan en barios sectores y si participan de ambas. Lo que queda claro es que son organizaciones de la sociedad civil creadas para ayudar en la solución de problemas medite diferentes aportes, de allí mi pregunta si deben estar legalizadas con estatutos y aprobación del ministerio del Interior.

Las Asociaciones de Promoción y Asistencia de la Niñez y la adolescencia las cuales también son entidades de atención, estarán integradas a la Red de Atención Compartida pero su registro y autorización se sujetará a requisitos especiales.

Comentario: Sigo perdido no logro entender cuáles son diferencias en los tipos que las diferencian por la naturaleza en privadas, públicas y mixtas, tender que pedir a un abogado y me explique bien me cuesta aceptar que no entiendo.

La función que realizan las entidades de atención es de carácter público y está sujeta a la acreditación, autorización y supervisión estatal.

Comentario: Esto es compresible pero falta la parte de auditoria ya que muchas de estas organizaciones aparentemente de ayuda sin lucro son más de beneficio para los representantes que no dan explicación de manejo de los fondos, me retiré de una pues me di cuenta que se beneficiaban de mi credulidad y a nivel internacional ha sido premiada y galardonada, pero los humanos nos dejamos fácilmente engatusar.

Santa Ana, 16 de diciembre de 2014.


Les quedo con una gran deuda no logro comprender perfectamente este articulo. 

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