viernes, 30 de diciembre de 2016

Artículo 97 LEPINA

Obligación de los medios de comunicación

Los medios de comunicación tales como la televisión, radio y prensa escrita deben destinar espacios para la publicación de los derecho, garantías y deberes de las niñas, niños y adolescentes. Asimismo tienen la obligación de difundir los programas y mensajes dirigidos exclusivamente a la niñez y adolescencia, atendiendo sus necesidades informativas, entre ellas las educativas, culturales, científicas, artísticas, recreativas y deportivas.

Comentario: Es bueno y a mi juicio lo hacen, pero el sistema de cable no es controlable y no siempre lo hacen, hay periódicos digitales que dejan mucho que desear en este sentido y el amarillimos sigue siendo una forma de conseguir lectores con mala o buena intención, pienso que el cable y el INTERNET deben de alguna forma ser regulados, lo cual me parece muy difícil, insisto es el dialogo entre padres, profesores y alumnos la única forma adecuada para una sana forma de informar.

Las verdades a medias, la falta de investigación y el afán de lucro no nos dejan, por otro lado solo nos muestran un lado de la moneda, el punto de vista del otro no siempre se muestra, como ejemplo las diferencia de palestinos con israelitas, cada quien toma partido y es sumamente difícil de conocer la verdad en especial de la historia, el que gana la guerra es el que escribe la historia. Que escuchemos las 2 versiones y luego tomemos una decisión. 

Santa Ana, 30 de Diciembre del 2016.

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