lunes, 25 de agosto de 2014

Titulo V LEPINA.

Capítulo I

Concejo Nacional de la niñez y de la Adolescencia

Sección primera aspectos generales.

               
Artículo 134.- Naturaleza y funciones
El Concejo Nacional para la niñez u de la adolescencia, en adelante ser llamará CONNA, es una institución jurídica de derecho público, patrimonio propio y autonomía en lo técnico, financiero y administrativo, el cual se relacionará y coordinará con los demás órganos del estado por medio del Ministerio de Educación.

Comentario: Esta pues viene a ser la base legal de este nuevo organismo que se relacionará con todos los órganos del estado y que esto es por medio del Ministerio de Educación y tendrá su propio presupuesto, bienes y que será autónomo en lo técnico, financiero y administrativo, esto le da independencia y libertad de acción, pero el nexo con el Estado es el Ministerio de Educación.
Esto es principalmente evitar que pueda ser manipulado y aprovechado por otros organismos, es libre en la toma de decisiones y también contará con los fondos necesarios para cumplir con sus funciones, por lo que es responsabilidad de los miembros que elabora un presupuesto, diseñar acciones que hagan efectiva su existencia y estos deben responder como cualquiera de los otros funcionarios, en todos los aspectos a él encomendados.

El CONNA tendrá su domicilio donde establezca su sede y su ámbito de actuación se extenderá a todo el territorio nacional.

Comentario: es decir tiene libertad para escoger donde estarán sus bases la cual por estrategia puede ser diferente de la capital, a mi juicio es lógico que sea la capital. Pero debemos reconocer que es bueno ya que puede ser por estrategia sería conveniente en otro lado que ofrezca mejores condiciones mejores.

Las funciones primordiales CONNA son diseño, aprobación y vigilancia de la PNPNA; la coordinación del Sistema Nacional de Protección Integral de la Niñez y adolescencia y la defensa efectiva de los derechos de las niñas, niños y adolescencia.

Comentario: comienzo por recordar lo que quiere decir Programa Nacional de Protección de la niñez y adolescencia en este sentido se delimita clara mente sus funciones:
1.       Diseño es decir hacer un manual de acciones de protección de los menores tendiente a hacer efectiva las acciones del CONNA,  en otras palabras el diseño de las acciones a tomar y ser innovador en este sentido con el fin de ser efectivos congruentes con la realidad Nacional.
2.       Aprobación de este plan para darle la vigencia legal y poder hacer que todos lo cumplamos: Estado, Familia y Sociedad civil.
3.       Vigilancia de su fiel cumplimiento así como señalar los que no cumplan con él.

Por estas razones los miembros que lo conformen deben de ser duchos en la materia conocer sobre derechos humanos y conocer las leyes del país con lo que se podrá hacer que esto se cumpla, no al azar o por dedazo o compadrazgo como sucede con otras instituciones del estado.


Santa Ana, 25 de agosto de 2014

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