jueves, 28 de mayo de 2015

Artículo 254.- Formación y capacitación judicial. LEPINA

El Consejo Nacional de la Judicatura por medio de la Escuela de Capacitación Judicial, velará por la formación y capacitación continua en derechos de la niñez y de la adolescencia que todos los operadores del sistema de la administración de justicia para la aplicación de la presente Ley, a fin de lograr la sensibilización y actualización de conocimientos sobre la materia

Comentario: Esto es fundamental ya que en materia de derechos se ha avanzado mucho y el sistema judicial debe de estar al día pero me parece que debe de evaluarse por lo menos cada 4 años y mantenerlos en constante aprendizaje, nosotros los médicos estamos muy al día por la lectura y actividades creadas por el gremio en este sentido, pero también debe de evaluarse sus fallos en los casos, para conocer sus capacidades


Santa Ana, 28 de Mayo del 2015. 

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