viernes, 28 de agosto de 2020

LEPINA 78

Artículo 78

Todas las niñas, los niños y adolescentes sin importar el origen de su filiación tienen derecho a conocer a su padre y a su madre y ser criados por ellos, salvo en este último caso cuando sea contrario a interés superior.

Es un derecho fundamental de la persona humana, el origen verdadero, sus costumbres, su idioma, inspirado en derecho de sangre, con frecuencia vulnerado.

Debe de ser respetado siempre, hay una excepción a esta Ley cuando el interés superior de los menores, casos muy raros como ser hermanos hijos del mismo padre y la misma madre, producto de una violación en esos casos se puede omitir pero al final todo se sabe, se puede diferir hasta que el menor tenga completo uso de razón.

Es importante por que hoy con los trasplantes y donación de órganos, puede ser revelado su origen, recordemos que hoy no hay secretos, con el genoma humano se puede conocer el origen y se puede predecir problemas a futuro.

Santa Ana, 28 de Agosto del 2020.

No hay comentarios:

Publicar un comentario