lunes, 3 de febrero de 2020

LEPINA-56

Artículo 56 inciso (b). La venta y tráfico de niñas, niños y adolescentes
Nos referimos a prohibiciones a efectuarse en el territorio nacional por adultos sean, padre, madre, encargados o responsables.
Este delito se ha incrementado en los últimos tiempos en especial por la tecnología que es muy utilizado, los adultos inducen a los menores aprovechando que sus mentes no logran que ellos se den cuenta del delito, una vez publicado se esparce de forma increíble, sin que se logre frenar.
Son de los peores delitos cibernéticos.
Santa Ana, 3 de febrero del 2020.


No hay comentarios:

Publicar un comentario