lunes, 23 de septiembre de 2019

LEPINA 8

Artículo 8 de la LEPINA
Deberes del estado

Es deber del estado, promover y adoptar la medidas necesarias para proteger a la familia, así como a los padres y madres para el cumplimiento de los derechos y deberes establecidos en la presente Ley.

Como actividad del Estado Salvadoreño en forma prioritaria es la familia la cual la Constitución es considerada como la base fundamental de la sociedad, se incluye a padres y madres, para el orden social y de ir más allá y verlo como fuente del pleno desarrollo de la niñez y adolescencia.

Fuente de lograr a personas emocionalmente estables capacees de tener valores humano y de defender sus propios valores.

Santa Ana, 23 de Septiembre del 2019

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