viernes, 28 de junio de 2013

Artículo 68.-Examen médico LEPINA

Los adolescentes podrán optar a un empleo siempre que habiéndose practicado un examen anta un médico de algún establecimiento de salud pública, este certifique que aquel se encuentra en condiciones físicas  adecuadas para desempeñar el trabajo en donde vaya a ser empleado.

Este examen se repetirá anualmente y será obligatorio hasta que alcance la edad de dieciocho años.

A quienes en ocasión del examen médico se le diagnostique un padecimiento, se le deberá proveer de tratamiento oportuno a su enfermedad y la rehabilitación correspondiente.

Comentario: loable lo del examen físico pero pienso que se deben pedir ciertos exámenes básicos como Hemograma completo, general de heces, prueba de tuberculina, hay otros pertinentes como toma de tensión arterial, descartar vicios de refracción ocular, VIH, pero lo mejor que debe ser anual, es una pena que sea hasta los dieciocho años, a mi juicio todos los salvadoreños deberíamos, practicar-nos estos exámenes anual por ley e en especial los afiliados al ISSS e ir incorporado tamiz ajes de enfermedades hereditarias,  me gusta mucho que debe ser extendido por un establecimiento de salud Pública, con lo que evitamos complacencia y corrupción.


Santa Ana, 28 de junio del 2013

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