miércoles, 16 de enero de 2013

Articulo 39 Derechos de proteccióm.


Artículo 39 derechos de protección.


Ninguna niña niño o adolescente puede ser sometido a tortura, desaparición forzada, tratos crueles, inhumanos y degradantes.

Se prohíbe el uso abusivo y sin prescripción médica extendida por un profesional de salud  especializado y con autorización suficiente para tales efectos, de cualquier producto químico, psicotrópico y otras sustancias de las familia de las anfetaminas que tenga efecto de la alteración de los estados anímicos de las niñas, niños o adolescentes, con el propósito de garantizar el control y la disciplina de los centros de estudio, guarderías, internamientos y lugares de acogida, ya sean públicos o privados.

El Estado debe de garantizar la existencia de programas de prevención y atención de las niñas, niños o adolescentes víctimas de los delitos antes señalados, debiendo mantener una vigilancia especial en los lugares y centro de internamientos y de aquellos donde se guarden a las niñas, niños y adolescentes.

Comentarios: La primera parte del articulo es clara si se toma en concepto de una guerra, pero en nuestro medio la corrección se confunde con tortura la cual en el extremo es física pero la más frecuente es la psicológica que lo que más daña es la autoestima, se especialmente cuando el niño no llenas la expectativa de los padres (deseaban varón y sale hembra, presenta anomalías congénitas o discapacidades, desea ser artista o futbolista deseamos médico o ingeniero etc…), recuerdo un estudiante de medicina que se sometió al privado de pediatría, me llamó mucho la atención que al reprobarlo no le afectó, fracasó en la siguiente prueba y tuvo que repetir la rotación, en su tercero y último chance me tocó de nuevo evaluarlo y lo reprobó, recuerdo la cara de felicidad que mostraba ante el resultado, le preguntamos el motivo de su alegría y me contestó, provengo de una familia de médicos y he estudiado esta carrera por complacer a mi padre y la odio, solo así el entenderá que no es esta mi vocación. Pensemos que ese joven fue una tortura los años de estudios de su carrera.

Habla de la prescripción de medicamentos, esto puede ser utilizado por el personal de guardería y hospitales para estar tranquilos, el maestro Raúl Grimaldi me enseñó a no usar medicamentos sedante en los niño por que los padres y cuidadores del niño, pueden usarlos para otros fines, debemos ser muy cuidadosos en estos aspectos.

Par mi el problema básico es el uso de sustancias que alteran la conciencia como el alcohol, la nicotina, sustancias inhaladas como pegamentos y disolventes  que son vendidos sin control, con eta ley podemos regulas su comercialización y su uso.
Como vemos este articulo es fácilmente violado pero es nuestra suspicacia la que puede hacerlo cumplir.

Santa Ana, 16 de Enero de 10123. 

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