lunes, 30 de diciembre de 2013

Libro II Sistema Nacional de Protección integral de la niñez y adolescencia.

Título I disposiciones comunes al sistema

Capítulo único.

            Artículo 103.-Definición y objetivo del sistema de protección integral.
El Sistema Nacional de protección integral de la Niñez y Adolescencia también denominado en esta Ley “Sistema de Protección integral” o simplemente “Sistema”, es el conjunto coordinado de órganos, entidades o instituciones, públicas o privadas, cuyas políticas, programas tienen como objetivo primordial garantizar el pleno goce de los derechos de las niñas, niños y adolescentes en El Salvador.

Comentario: Con este enunciado podemos decir que todos los que de alguna forma nos dediquemos al cuidado de los menores y en general todos en el país estamos englobados en esta Ley: Padres y familia por ser la base de la sociedad debe de ser la primera escuela de los menores, profesores y maestros: encargados de la formación formal de los menores pero quienes tiene mucho que ver en el desarrollo de la personalidad, de los menores ya que son modelos a seguir, puede producir severos disturbios en la personalidad y el desarrollo de los menores. Personajes públicos que debe de comportarse de una manera adecuada, ya que son personas que se encuentran en el escaparate de la vida todos los vemos, si son mentirosos dañan, si son deshonestos peor, si llevan vida disoluta también esta es una de las cosas en que  menor piensan los políticos, pero al final es `por lo que deben responder, las ONG que debe fijarse bien que mensajes están dando, con el cro que la ONG que estén a favor del aborto violan este artículo, este es y será siempre un asesinato, la salida eufemística de que la mujer es dueña de su cuerpo es parcialmente vedad, ya que de su cuerpo si es pero del cuerpo de otra persona no, el huevo fecundado ya es un nuevo ser y por lo tanto una persona humana, si esto fuera válido preguntamos ¿Todo niño con alguna discapacidad provocada por una enfermedad ya no tiene derecho a seguir viviendo? O exterminemos a los ancianos aparados o desamparados que viven en asilos o refugios.

Conclusión: todos los salvadoreños estamos inmersos en este articulo y debemos cumplirlo, nos guste o no.

Santa Ana, 30 de diciembre de 2013.

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