viernes, 1 de abril de 2022

LEPINA 256

 Artículo 256 Propiedad por ministerio de Ley

El CONNA se conformará con los bienes inmuebles y que actualmente pertenecen al Instituto Salvadoreño para el desarrollo integral de la Niñez y Adolescencia, en consecuencia transfiéranse por Ministerio de Ley dichos bienes al patrimonio del CONANA para lo cual bastará la presentación en el Diario Oficial en que aparezcan publicadas las presentes disposiciones para realizar la inscripción registral de los presentes traspasos.

El CONNA deberá entregar en comodato al Instituto Salvadoreño para el Desarrollo Integral de la Niñez y Adolescencia los inmuebles que fuesen necesarios para el desempeño de sus funciones y competencias.

Este artículo da vigencia al CONNA y asume el rol que corresponde en la protección de la Niñez y Adolescencia

Recordar que los menores pasan a ser sujetos de derechos dejando de ser objetos de derecho, trascendental cambio de mentalidad hoy lo menores son considerados personas, en este momento con las reformas conferidas al ejecutivo y los cambios en la Ley no queda claro como será de ahora en adelante.

Santa Ana, 1 de abril del 2022.

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