martes, 21 de abril de 2015

Artículo 244.- Duración de los procesos LEPINA

En la primera instancia los procesos tramitados con base en la presente Ley, tendrán una duración máxima de veinte días hábiles contados desde la fecha de admisión de la demanda , el recurso de apelación se resolverá definitivamente en un plazo máximo de quince días hábiles a partir de la admisión de la del respectivo recurso.

Comentario: de principio al fin el juicio no debe de durar más de 35 días hábiles, excelente ya que se puede tener juicios larguísimos y si se dejan los jóvenes pudieran llegar a ser de la tercera edad cundo finalicen, Recuerdo hace muchos años el caso de un joven que fue abandonado a una señorita soltera ya mayor, que le concedieron la adopción cuando el que iba a ser adoptado se había graduado de bachiller.

La justicia para los menores no puede ser larga para adaptarse al crecimiento y desarrollo de los menores, se puede caer en el vicio de que sean extemporáneas.


Santa Ana, 21 de abril de 2015.

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