En el procedimiento
administrativo se actuará con respeto de los derechos fundamentales y de
acuerdo al régimen de garantías establecidas en la constitución y los tratados
internacionales sobre Derechos Humanos vigentes en el Salvador.
Comentario: Es por medio que esto se ata a las leyes vigentes de
la república y que son mandato para todos, si se falta en los procesos estos serán
nulos, viene a ser un reconocimiento legal de las actuaciones de la LEPINA.
En todo lo no previsto en este Capítulo
se aplicarán supletoriamente las reglas del proceso civil, penal o de familia según
corresponda.
Comentario: Establece claramente como se debe de actuar en el
momento que hubiese algún vacío legal en el proceso y a que se debe recurrir.
Santa Ana, 17 de febrero de 2015.
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