lunes, 10 de septiembre de 2018

LEPINA artículo 254,

Formación y capacitación judicial

El Concejo Nacional de la Judicatura por medio de la Escuela de Capacitación Judicial, velará por la formación y capacitación continua en derechos de la niñez y la adolescencia de todos los operadores del sistema de administración de justicia para la aplicación de la presente Ley, a fin de lograr la sensibilizacón y actualización de los conocimientos sobre la materia.

Comentario: es para jueces, fiscales, forenses, todos los que trabajan en la rama de familia del poder judicial, sin excepción y se puede a capacitar a todas las ONG y en general todos los que tengan que ver con el cuidado de niños y adolescentes.

El fin es claro no hay donde perderse, aunque la mayor parte es necesidad del órgano Judicial.

Santa Ana, 10 de Septiembre del 2018.

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