239 Alegatos finales
Practicada la prueba las partes formularán sus alegatos finales, concluidos los cuales el juez si estima necesario podrá solicitarles que arrojen sus explicaciones sobre las cuestiones objeto del debate que les señale en el plazo de treinta minutos.
Comentario: es acelerado y solo se refiere a algunas explicaciones que no le queden muy claro al juez, recordemos que el tendrá que tomar la sentencia en ese momento.
240 Sentencia
Concluidos las debates y alegatos el juez dictará de inmediatamente la sentencia la cual se leerá y notificará a los intervinientes presentes en el salón de audiencia.
Comentario: Es la decisión del juez de quien tiene la razón, la cual debe de ser acatada, nos guste o no.
Excepcionalmente cuando por la complejidad del asunto sea necesario diferir la redacción de la sentencia el juez proveerá el fallo y explicará sistemáticamente los fundamentos que motivan su decisión. En este caso, deberá proveer por escrito la sentencia respectiva dentro de los cinco días hábiles siguientes.
Comentario: Se le da un tiempo al juez par pensar y redactar la sentencia y las razones de su decisión, entiendo bien ya que sus razonamientos son cruciales para las partes.
Contra la sentencia que se pronuncie podrá interponerse los recursos legalmente previstos.
Comentario: Es bueno que se pueda apelar por las parte recordemos que puede ser una forma de que los abogados usan para prolongar muchos los juicios, pero la Ley da este espacio.
Santa Ana, 2 de Julio del 2018.
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