Exención de Tasas registrales
Cuando los efectos del proceso judicial que se transmite conforme a esta Ley, el juez o la Cámara requieran información registral o anotación preventiva de la demanda en un registro público, la institución competente no cobrará ninguna tasa por el servicio respectivo.
Comentario: Es para proteger los intereses la víctima con ello se beneficia ya que no tiene costo así como la anotación preventiva para evitar que sean enajenados los bienes.
Se echa llave a las pertenencias de los menores.
Santa Ana, 23 de Julio del 2018.
No hay comentarios:
Publicar un comentario