El presidente de la Junta
Directiva tendrá las siguientes atribuciones:
a)
Presidir las sesiones de la Junta Directiva;
Comentario: Cae de su peso.
b)
Velar porque se cumplan los acuerdo de la Junta
Directiva;
Comentario:
Una labor ineludible para
asegurar que se avanza y verificar el trabajo.
c)
Representar judicial y extrajudicialmente al ISNA,
otorgar poderes a nombre del mismo, debiendo actuar en este caso con
autorización expresa de la Junta Directiva; y;
Comentario:
Para representar al ISNA debe de
estar autorizado expresamente por la junta directiva como respaldo de sus
actuaciones.
d)
Las demás que asignen esta ley o los reglamentos
respectivos.
Comentario:
Concluyen sus funciones.
Como podemos darnos cuenta este artículo simplemente conforma las
funciones de cualquier Presidente en cualquier lugar no da espacio para mayores
comentarios, pero deben estar expresos para darle validez al cargo.
Santa Ana, 16 de enero de 2015.
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