Los directores de la sociedad
serán elegidos aplicando un procedimiento que será definido reglamentariamente
por el mismo ISNA. En todo caso, los electos no podrán ser los mismos que
fueren representantes de de la por el Consejo Directivo del CONNA.
Comentario: Estos son los
representantes de la Sociedad Civil, los cales será escogidos por la Junta
Directiva mediante un proceso diseñado por ellos mismos, esto es bueno ya que
es la primera experiencia en este sentido.
La incompatibilidad y causas de pérdida
de la calidad de miembro serán las mismas establecidas por los miembros
representantes de la sociedad ante el Consejo Directivo del CONNA.
Comentario: Por ser las mismas ya discutidas no se comentarán.
Artículo 185.- Sesiones, quórum
y decisión colegida (ISNA) LEPINA.
La junta directiva se reunirá
ordinariamente una vez al mes y extraordinariamente cuando sea convocada por el
Director Ejecutivo;
Comentario: Esto me parece ridículo pues en este sentido los
abusos a los derechos de los menores se dan con una frecuencia increíble y por lo menos 1 vez por semana, si no el trabajo
se acumula y el tiempo de las sesiones no alcanza para evacuar toda la agenda.
La Junta directiva sesionará con
cuatro de sus miembros y adoptará sus decisiones por mayoría simple de los
presentes, en caso de empate el Director Presidente, o el que haga sus veces,
tendrá voto calificado.
Comentario: Esto produce agilización de la toma de decisiones sea
en forma rápida y no se enfrasquen de discusiones estériles que solo prolongan,
es preferible una mala decisión rápida a la pérdida de tiempo.
Santa Ana, 14 de enero de 2015.
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