Son atribuciones de la Junta Directiva del
Instituto:
a)
Aprobar el plan quinquenal del ISNA;
Comentario: Media vez elaborado se debe pasar a su aprobación.
b)
Aprobar el anteproyecto de Presupuesto Especial y
régimen de salarios para cada ejercicio fiscal y someterlo a consideración de
las autoridades correspondientes;
Comentario:
Tiene que ser cada año ya que hay
cambios en el presupuesto general de la nación y cada año habrá más demanda
dependiendo del desarrollo del Instituto. Una cosa es el plan quinquenal y otro
el desarrollo.
c)
Autorizar al Director Ejecutivo, cuando se estime
adecuado la adjudicación de y contrataciones que no excedan del monto por libre
gestión;
Comentario:
Esta es función de orden y que se
contempla en el presupuesto general de la nación.
d)
Aprobar plan Anual de subvenciones a otras entidades
de atención y sus programas;
Comentario:
Creo que estas deben de ser muy
limitadas ya que los que piden para ayudar casi siempre es para beneficiarse o
beneficiar a los allegados, esto me recuerda la siguiente anécdota en una
ocación alguien le dijo a mi padre vengo a pedirle para pagar una visita a
Esquipulas y debe de ser pedida, él le contesto, eso no es sacrificio ya que yo
me tengo que sacrificar para que Usted vaya a disfrutar, sacrifíquese cada día ahorrando
y entonces cumpla la promesa.
e)
Aprobar la memoria del ISNA;
Comentario:
Esto es un deber de toda
institución para dar a conocer los fallos y los logros es un instrumento de
evaluación y control así podemos ajustar nuestro plan.
f)
Elaborar el reglamento interno del Instituto y
dictar reglamentos a los centros de menores a su cargo;
Comentario:
Es un deber del Instituto el tener
reglas y lineamientos claros para dar la
mejor atención, así como hacer de los centros a su cargo de guía, protección, aprendizaje
para un vida plena y honrada. Debe de hacer que el amor al prójimo sea la
norma.
g)
Nombrar, remover y establecer remuneraciones del
Director Ejecutivo y Auditor Interno del ISNA;
Comentario:
Norma de Administración y debe de
ser por desempeño en la función.
h)
Nombrar al sustituto del Director Ejecutivo en caso
de ausencia excusa o incumplimiento temporal de este; e;
Comentario:
otra función de administración.
i)
Las demás que establezcan las leyes y reglamentos.
Santa Ana, 15 de enero de 2015.
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