viernes, 23 de febrero de 2018

Artículo 196 LEPINA

Requisitos para el registro de las Asociaciones de Promoción y Asistencia

A los efectos de obtener el registro de las Asociaciones de Promoción y Asistencia los interesados deberán presentar una solicitud por escrito acompañada de los siguientes documentos:

a) El listado de los miembros que la conforman;

Comentario: Me imagino que será con la presentación en nuestro caso del DUI de cada uno para demostrar que son personas reales, no un simple listado, que debe ser firmada por todos, y así poder gozar de su incorporación, con el fin de demostrar su acuerdo en pertenecer a ella.

b) Descripción el tipo de servicio que se prestará; y,

Comentario: Me parece más lógico pedir la personería jurídica en la cual están los estatutos que lo que da estos datos.

c) Identificación de la sede en que se prestará el servicio.

Comentario: Todo esto se encuentra en la escritura de constitución de la sociedad, no pedirlo es permitir que se trabaje con Asociaciones de Promoción fantasma y que buscan aprovecharse de este tipo de Asociaciones para lucrarse de ellas. 

Santa Ana, 23 de Febrero del 2018.  

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