Artículo 2l3.- Aplicación supletoria
En el procedimiento administrativo se actuará con respeto a los derechos fundamentales y de acuerdo al régimen de garantías establecidas en la Constitución y los Tratados Internacionales sobre Derechos Humanos vigentes en El Salvador.
En todo lo previsto en este Capítulo se aplicará supletoriamente las regalas del proceso civil, penal o de familia según corresponda.
Esto viene a ser como un sello de garantía de todo proceso que inicie en nuestro país-
Santa Ana, 23 de Julio del 2021.
No hay comentarios:
Publicar un comentario