Artículo 213 .-Aplicación supletoria
El procedimiento administrativo se actuará con respeto a los derechos fundamentales y de acuerdo al rémige de garantías establecidas en la Constitución y los Tratados internacionales sobre Derechos Humanos vigentes en El Salvador.
En todo lo no previsto en este capítulo se aplicarán suplementariamente las reglas del Derecho Civil, penal o de Familia según corresponda.
Es una confirmación de el espíritu de esta Ley respetosa de la persona humana.
Santa Ana, 20 de Julio del 2021.
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