Artículo
56.- Protección contra otras formas de explotación
Las niñas, niños y adolescentes
serán protegidos de toda forma de explotación económica. El Estado erradicará
toda práctica que afecte la dignidad e integridad personal de niñas, niños, o
adolescentes.
Se considera como formas de
explotación económica de niñas, niños y adolescentes, las siguientes:
a)
Las conforme al
derecho internacional, se consideran como las peores formas de trabajo infantil.
Comentario: este inciso es obvio y es para
apegarse a la declaración internacional de los derechos del niño;
b)
La venta y
trafico de niñas, niños y adolescente;
Comentario: Esto no se puede hacer con adultos mucho menos con
niños, aunque parece risible hace poco tuvimos un caso que la madre al nacer el
bebé no lo quería y una señora se lo compró en 200 dólares salió de alta del
hospital pero la madre adoptiva le pidió que le alimentara al niño, firmaron u
compromiso de venta pero la madre se arrepintió y denunció el caso de su hijo,
la policía llevó al niño al hospital y como queda un original de los plantares
por las huellas dactilares se pudo demostrar que era de la madre, la madre
adoptiva exigía que le devolvieran el dinero por la madre ya se la había
gastado, le explicaron que era un delito lo que había cometido y lo mejor era
que se conformara a perder el dinero.
c)
La extracción
de órganos o tejidos humanos así como su comercialización;
Comentario: es bueno que se cierre esta puerta
ya que tenemos la posibilidad de almacenar células madres para la obtención de
órganos de trasplantes y la placenta es rica en ellas al no permitir la
comercialización se pueden usar en beneficio de los humanos si pagar por ellas, pero debemos y pensado en
una legislación en ese sentido.
d)
Las formas
contemporáneas de esclavitud y las practicas análogas a esta , la servidumbre
por deudas, la condición de siervo, el trabajo forzoso, obligatorio o sin
remuneración;
Comentario: esto es frecuente en nuestros
medios muchos niños lo hacen y no nos parece anormal pues consideramos que los
retribuimos al darle lecho techo o alimento, si se les pide que colaboren n el
hogar habrá que retribuirle extra o compensar con algo, respetando su derecho
al estudio, ocio, formación moral y espiritual.
e)
El trabajo que
por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, dañe la salud,
la seguridad o la moralidad de las niñas, niño y adolescentes.
Comentario: estos están plagado el país
enumeraré algunos: cuetearías o ventas de pólvora, talleres de mecánica, campos
de las ferias, rodeos, riego de insecticidas, como ven por su naturaleza no se
puede dejar a niños y debemos vigilar para que sil los vemos lo denunciemos.
f)
La introducción
o facilitación a la mendicidad para obtener un beneficio a cuenta de tercero;
Comentario: Esto queda abierto pueden ser
padres, familiares, amigos conocidos no importa quien comete un delito y debe
de ser denunciado, para mí es una forma vil de explotación de los menores, no solo
los induce a mentir y robar, de las cuales el autor no recibe ningún lucro, es
deshumanizante y pervierte ya que se crean parásitos sociales.
g)
El
reclutamiento forzoso u obligatorio de los niñas, niños y adolescentes para
utilizarlos en conflictos armado y;
t esta maldad a
mi juicio debe de ser borrada y no se debe de permitir bajo ningún aspecto por
que se usa el eufemismo él lo quería, el lo escogió, pero para mí es criminal l
ya que se enseña a los menores a matar sin importar las causas, hay un dicho “matar
al primero es lo difícil los demás ya no importan” como que se acostumbra la acción
y como que ya no importa la causa, por otro lado en la adolescencia la aventura
nos lleva a hacer acciones temerarias in importar el riesgo, se le debe quitar
la palabra forzosa o u obligatorio, dejando como reclutamiento, en esa edad
somos solidarios amantes del peligro, enemigos de lo que nos parece injusto.
h)
La utilización
de reclutamiento o la oferta de niñas, niños o adolescentes para la utilización
de actividades ilícitas, en particular la producción y tráfico de drogas y
estupefacientes.
La colaboración de niñas, niños y adolescentes en
las actividades económicas y productivas de la familia podrán realizarse
siempre que:
a)
No afecte a la
educación y sano esparcimiento;
b)
No ponga en
riesgo sus salud física, psicológica y moral y;
c)
No se afecte su
desarrollo.
Comentario: Muy breve el trabajo dignifica y
engrandece a los humanos y si es en familia lo hace mejor cumpliendo con los
requisitos anteriores y para mi dándole un premio el cual no es necesario
económico lo mejor son actividades de espaciamiento juntos.
Santa Ana, 01 de Mayo del 2013.
Conmemorando el día del trabajo.
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