lunes, 6 de mayo de 2013

Artículo 58.-Derecho a la protección en el trabajo.


Los Adolescentes que trabajen disfrutaran de todos los derechos, beneficios y remuneraciones que les corresponden con ocasión de la relación del trabajo, según lo establecido en la ley  y el Código de Trabajo, el Estado debe de garantizar que los adolescentes que laboren lo hagan en condiciones de un trabajo decente.

Comentario: eso me parece bien pero pienso que sería mejor un contrato entre el joven, los padres y el empleador, que debe de respetar en primer lugar el derecho al estudio si este no se cumple por la razón que fuere se pueden emitir sanciones, esto me lleva a proponer un consejo nacional del trabajo infantil que norme, clasifique, supervise y certifique el cumplimiento y cuando el adolescente haya cumplido con los requisitos este se considerado una persona capacitada en esa labor, dándosele titulo de operario y en ese momento su salario sea de acuerdo al salario de los adultos solo que en tiempo parcial para permitirle sus estudios, si sabe su oficio que gane igual que los adultos.

También tendrán derecho a celebrar actos, contratos y convenios, sean individuales o colectivos. Para la celebración de este tipo de contratos deberán de contar con la autorización de la madre, el padre o en su defecto de su representante o responsable. Se presumirá el contrato de trabajo a favor de la persona  adolescente trabajadora y se presumirán como ciertas las afirmaciones realizadas al respecto por los adolescentes, salvo prueba lo contrario.

Comentario: es casi lo mismo que lo propuesto pero me parece que está en el aire y hay necesidad de un ente rector y de super visión para ver que lo escrito se cumpla de ambos lados, abriendo para mí lo más importante y un espacio de capacitación y calificación para el menor.

Pero hay un comentario que no deseo se olvide, la necesidad imperiosa del trabajo doméstico y que como miembros de la familia estamos en la obligación de ejecutar, todo niño debe de contribuir con su trabajo al bien estar de la familia, así es que debe adjudicársele una pequeña labor en beneficio de todos y que él tiene que ejecutar.

Santa Ana, 06/05/13

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