Artículo 196.- Requisitos para el registro de las Asociaciones de Promoción y Asistencia, los interesados deben presentar una solicitud por escrito acompañada de los siguientes documentos:
a) Listado de los miembros que la conforman;
b) Descripción de los servicios que prestará; y,
c) La identificación de la sede en la que prestará el servicio.
Los requisitos son claros y no dejan ninguna duda por lo que no hay comentarios.
Santa Ana, 8 de Junio del 2021.
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