miércoles, 12 de noviembre de 2014

Artículo l47-Asignaciones del Director ejecutivo. LEPINA

Son atribuciones del Director ejecutivo:

a.       Cumplir y hacer que se cumplan las decisiones y acuerdos del Consejo Directivo así como  las atribuciones y funciones que le corresponden;
Comentario: como ejecutor es el responsable directo que se cumplan los acuerdos y políticas que se diseñen en el consejo y hacer que todos las cumplan.
b.      Planificar, coordinar y supervisar a nivel general y superior de la Dirección, las actividades técnicas, administrativas, financieras y programáticas de la misma;
Comentario: esto tiene que ser depositado en un administrador, no en un amigo, familiar o recomendado como suele suceder, si no es así no funcionará, es más me atrevo a decir que no tiene que conocer la LEPINA, pero si saber dirigir y pensar que su responsabilidad es el cumplimiento y supervisión de la presente Ley, especialmente un buen don de mando, saber delegar y hacer que todos trabaje en un solo sentido, no podemos tener personas que se nos disparen con locuras o ideas estrafalarias, sé que es una difícil tarea.
c.       Manejar el patrimonio de la Dirección Ejecutiva, de acuerdo a su presupuesto;
Comentario: Es uno de los problemas que enfrenta esta persona debe apegarse a su presupuesto y que todo debe ser invertido haciendo  eficiente y luego tendrá que dar cuenta de las finanzas, definitivamente o un administrador de empresas o un Ingeniero Industrial, son las personas ideales.
d.      Elaborar el anteproyecto del presupuesto especial y el régimen de salarios de la Dirección Ejecutiva para cada ejercicio fiscal , así como la memoria anual de labores y someterlos al CONNA;
Comentario: es bueno que todos devenguen un salario así se les puede exigir que trabajen y que lo devenguen bien, difícil de lograrlo pero si hay voluntad política se puede lograr. No deben de ser salarios mayores que los de un diputado de los que no son de la directiva, sin las gangerias que estos ladrones tienen pero sí que les permitan una vida digna de acuerdo a su estatus y sus conocimientos.
e.      Ejecutar las convocatorias para las reuniones del Consejo Directivo; actuar en ellas como Secretario Ejecutivo y Relator, con voz pero sin voto y llevar el Libro de Actas correspondiente; y,
Comentario: prácticamente es el motor del Consejo y del CONNA de él depende el éxito o fracaso de esta ley, su nombramiento es indispensable, es el enlace entre el CONNA, los conejos municipales y debe de ser el motor de la PEPENA, bien ganado su salario.
f.        Todas las demás que sean necesarias para el desarrollo de las labores del CONNA.

Este director realmente es el director de la orquesta hasta el momento no ha sido nombrado pero demandemos que se nombre y que trabaje por el bien de los niñas, niños y adolescentes.


Santa Ana, 12 de noviembre de 2014. 

Fiebre por virus de Chikungunya

Esta enfermedad para nosotros es nueva ya que se trata de un virus, pero se describe desde 1955 en el África que se mantuvo por mucho tiempo en los sitos adecuados para que los mosquitos proliferen, en climas tropicales como el nuestro, pero se da en otros animales que pueden ser reservorios y así mantenerse por mucho tiempo, produce inmunidad natural con inmunoglobulinas IgG e IgM específicos para el virus, pero la más sensible es medir el virus por PCR Reacción por cadena de polimerasa desgraciadamente por sus costos no se puede hacer a todos los pacientes y que en el primer y segundo nivel de atención no están al alcance, así es que débenos hacer la diferenciación por medio de la clínica en base a las características clínicas como Fiebre que se presenta del 75-95 % de los casos, poli artralgia del 70-90%, cefalea en un 60 %, rash hasta en el 60 % con la característica que puede ser muy pruriginoso, vómitos en la mitad de los caso y diarrea menos frecuente, de los lactantes menores  en adelante cuando ya caminan presenta el característico encorvamiento yo lo describo como caminado de robot con la espala doblada.

Pero mi objeto es que podamos hacer el diagnostico clínico y nos podamos ayudar de algunos exámenes económico y al alcance de cualquier nivel, pero más que nada como sospechar que se nos puede complicar
1.       Edad menor de un año y sobre todo en los menores de 2 meses, mujeres embarazadas y mayores de 60 años, estos a mi juicio deben de ser hospitalizados.
2.       Quienes se encuentren afectados de otras patologías como cardiopatías congénitas, inmuno deficiencias congénitas o adquiridas VIH, daños encefálicos, diabetes, no olvidar los que padecen enfermedades de la colágeno, artritis reumatoide. También se hospitalizan.
3.       Quienes tengan PCR (proteína C reactiva o eritrosedimetación elevadas)
4.       Todos los que presenten signos neurológicos,  signos hepáticos o parálisis, o signos  o síntomas fuera de lo usual.

Diagnostico diferencial en nuestro medio Dengue, enfermedades Eruptivas de la infancia, los que recuerden el cuadro de  enfermedad de Kawasaki esta nos paso pero la colega lo sospecho y mandó los exámenes que la confirmaron.

Tratamiento

En todos lo más importante es mantener la rehidratación oral se es posible pero debe de ser parenteral para asegurar las cargas, especialmente en los menores de 2 meses y lactantes menores ya que en esta etapa es de alta mortalidad.

Tratamiento del dolor que es uno de los síntomas más desagradable en los menores de 6 meses  hemos usado Fentanilo, pensábamos que esta era una de las cusas del choque pero solo contribuye el problema parece ser un deficiencia de Interferón que en esta edad no se produce y parece ser el responsable de la fuga capilar y el choque, desgraciadamente su dosificación no está a nuestro alcance, esto explica los efectos anti inflamatorios como son la PCR y la eritrosedimetación.

Como se pueden dar cuenta esta enfermedad nos está enseñando mucho y debemos luchar por un adecuado diagnostico en bases clínicas, selección de los pacientes de riesgo con el fin de que no sea alta la mortalidad.

No debemos olvidar que la lucha principal es la destrucción de los criaderos que nosotros los creamos, gracias a Dios la época de lluvias ha concluido con lo que disminuirán los criaderos y que el número de susceptibles va a la baja y como todas las epidemias parará en forma espontanea.

Finalmente les sugiero lean las guías clínicas del Misterio de Salud de la república Dominicana


Santa Ana, 12 de noviembre de 2014. 

lunes, 10 de noviembre de 2014

Artículo 146- Competencias. LEPINA.

La dirección ejecutiva tendrá las siguientes Funciones:

a.       Prestar todo el apoyo técnico que requiera el Consejo Directivo para la ejecución de todas sus funciones;
b.      Ejecutar y dar seguimiento a las decisiones del Consejo Directivo.
c.       Elaborar la propuesta de la PNPNA y de sus posteriores modificaciones;
d.      Establecer los lineamientos técnicos para la implementación del plan de acción de la PNPNA;
e.      Elaborar la propuesta de lineamientos técnicos que permitan la efectiva implementación , funcionamiento y coordinación del Sistema de Protección Integral;
f.        Ejecutar el plan de coordinación del sistema de protección;
g.       Elaborar el plan estratégico para establecer el sistema de protección;
h.      Asistir técnicamente a los municipios en la creación en la implementación y fortalecimiento de los Comités Locales;
i.        Promover y apoyar, con asistencia técnica, la creación y funcionamiento de las Asociaciones de Protección y Asistencia a la Niñez y la Adolescencia y otras entidades de atención en todo el territorio nacional;
j.        Elaborar y presentar al CONNA la propuesta del presupuesto anual de funcionamiento del mismo;
k.       Organizar y dirigir el trabajo técnico y administrativo y al personal de la Dirección Ejecutiva;
l.        Participar por medio de del Director Ejecutivo, en todas las sesiones del CONNA, con voz y voto;
m.    Elaborar las presupuestas de reglamento de ejecución a que se refiere esta Ley;
n.      Todas las demás responsabilidades que el CONNA le atribuya para apoyar el ejercicio de sus propias competencias, dentro de los limites que establece el ordenamiento jurídico salvadoreño y;
o.      Ejecutar el procedimiento para la creación de las Juntas de Protección Departamentales.

Como nos podemos dar cuenta este es un organismos fundamental dentro del CONNAN que es el encargado de ejecutar y supervisar el cumplimiento de la PNPNA,  que me parece que no se ha conformado y es la razón en la tardanza del pleno ejercicio de esta Ley, debemos pues exigir su nombramiento.
Estoy elaborando una propuesta para las próximas autoridades edilicias que se elegirán en las elecciones del 2015, las cuales espero sean en conformación de pluralidad y que no sea un solo partido quien las conforme.

Santa Ana, 10 de noviembre de 2014.

sábado, 8 de noviembre de 2014

Seguimos con problemas legales.

El siguiente caso me ha impactado profundamente y de nuevo no encuentro una salida que me parezca adecuada, siempre debemos pensar en el interés mayor del niño y tratar de causar el menor daño posible.

Se trata de un niño de 3 meses que es llevado al hospital por un cuadro de bronconeumonía severa pero que es cuidado durante su estancia hospitalaria por su abuela, después de ser tenido en UCIP de nuestro departamento nos los pasan al servicio de nutrición para recuperar el peso y es derivado a Pediatría Social por esa razón.

La Lic. Trabajadora Social nos informa que el niño es cuidado por la abuela biológica del niño y que está a cargo del padre biológico, quien asume su rol, pero que el niño fue inscrito en el Registro de las Personas naturales por el compañero de vida de la  madre y que no es el padre biológico, con quien tiene otros hijos pero que se habían separado, pero al momento se han vuelto a juntar.

Para no aburrirlos les resumimos de la siguiente forma quien es el dueño de la patria potestad y el que legalmente debemos entregarle al alta al niño, por ley así debe serlo ya que el padre biológico legalmente no es nada del menor.

Caminos a seguir:

1.       Pasar caso a jueces de familia, pero que tal si lo manda a institucionalizar y el niño y la familia pierden vínculo con él, quedaría en peor condición que la actual.
2.       Pasar caso a Junta de Protección para ello sería más fácil acogerlo e institucionalizarlo mientras lleguen a una decisión, lo cual es lo mismo que lo anterior.
3.       Preguntar y llevar caso a Procuraduría de la República el si puede hacer que permanezca con el padre biológico y la abuela paterna, pero siempre nos jugamos el chance de que sea referido a un hogar sustituto, si el fiscal nos da la apertura esta puede ser una buena solución.
4.       Esta no se me había ocurrido y se me acaba de prender el foco, el niño está sano solo que presenta desnutrición, tenemos el programa de Vinculo de Amor institución que se especializa en recuperar desnutridos y al alcanzar su peso normal se entrega a los padres, los que pueden en este tiempo arreglar la situación legal y no perderíamos el vínculo con el padre biológico, hoy solo me queda investigar la factibilidad de esta solución.

Pero con este ejemplo se pueden dar cuenta en los problemas que llevan estos menores por la inmadurez de los padres, la falta de uniones legales para la procreación, solo pensamos en el placer de una relación sexual y no nos damos cuenta que de ella puede dar origen a una nueva vida.

Como final quiero aclarar que estos problemas legales no los invento, no soy ni siquiera un escritor a lo sumo lo que hago es presentar problemas reales y las dificultad que ellos nos hacen sufrir estas idioteces de los humanos, que no piensan en las consecuencias de sus actos.

Santa Ana, 08 de noviembre de 2014. 

viernes, 7 de noviembre de 2014

Casos Legales que debemos manejar.

Estos son casos que se nos dan en el día a día en nuestro departamento y el objeto de publicarlos es para que se ilustre la forma de ver estos problemas y que en muchas ocasiones nos sentimos acorralados y debemos de derivarlos a las autoridades que tienen un poder legal y que deben de ser responsables de ellos.

Se nos reporta el médico de planta a un RN que la madre lo cuida solo de día y por la noche el queda a cargo de la abuela, además de detecta que el niño pesa lo mismo que al nacer según consta en el carnet dado por las instituciones oficiales y por el ISSS, el médico responsable de su atención dice que el niño recibe leche entera aparentemente a dilución normal, dice la madre que el niño tolera perfectamente las pachas y que no presenta ni diarrea o vómitos, en ocasiones refiere que le ha dado agua de arroz.

Al examen físico constatamos que el niño tiene en la curva de peso se encuentra ya con desnutrición moderada y que el niño no gana de peso, además constatamos que aun sale gotas de leche de su pecho, por lo que enseñamos a la madre las bondades de la lactancia materna para el niño y para la madre.

La Lic. De Trabajo Social le presunta por qué no se queda por las noches, con mucha pena nos dice que es trabajadora del Sexo, en la noche sale a trabajar para darle de comer a sus 2 hijos, pero que tiene uno mayor que lo tiene el padre y que tiene 2 más de 9 y  7 años, el tercero tiene 3 y el cuarto que es el caso 2 meses. Le preguntamos que si no tiene miedo de contagiarse de enfermedades de trasmisión sexual o de otro embarazo, es enfática en contestar que siempre se protege en las relaciones, no tiene relaciones sin preservativo; pero le decimos que si no ha tenido problemas con sus clientes y nos explica que cuando entra el cliente ella le dice que no permite la relación si quitarse la camisa y el soten ya que él ha pagado de la cintura para abajo, si se ponen violentos en el pasillo se está siempre un vigilante, el cual actúa de inmediato a su llamada, expulsándolo, el pago lo pierde ya que allí no hay devoluciones de dinero y lo pierde si no acepta sus condiciones. Pero de inmediato le decimos que porque no se esteriliza, muy ufana nos repode tengo la ilusión de tener una hija hembra.

Pero como puede Ud. Estar segura que su hijo es de ese señor, me enamoré del papá quien es un chico de 18 años, no trabaja y además no se hace cargo del niño, por otro lado solo con el he tenido relaciones sin  protección.

¿Qué podemos hacer por este niño? Es una pregunta muy difícil ya que la madre no acepta, a) la esterilización , b) no tiene una capacitación mejor para ganarse la vida, c) las instituciones que ayudan al cuido de niños atienden solo por el día, d) privarla de su hijo sería un crimen para ella y para el niño.

No me resigno a que no podamos hacer nada, debe haber alguna forma de ayudar a esta mujer en el cuido de sus hijos, en primer lugar tratar de que el niño reciba una nutrición adecuada, vigilar muy de cerca el crecimiento y desarrollo de los hijos que están a su cargo, que se escolaricen y logremos una mejor educación como forma de salir de este círculo vicioso. Desgraciadamente el programa de Ciudad Mujer de la secretaría de inclusión, no he visto resultados adecuados para los casos que hemos referido, como es nuestro deber tenemos que informar a la junta departamental de protección de la niñez y adolescencia, espero no vayan a salir con una payasada y le cusamos un daño al binomio madre-hijo.


Santa Ana, 07/11/14.

jueves, 6 de noviembre de 2014

Madre Metida

La palabra metida en nuestro país significa la persona que pasa criticando a los demás in pedirse la opinión

Esto me ocurrió este día, la residente me presentó el caso de una señora demandante que había sacado de quicio a personal de enfermería por que les había ganado la moral durante el turno del Domingo, las había tratado de incapaces y que el personal de ISSS era más eficiente, no por su hijo sino por un paciente de otra madre, que tenían que canalizar una vena y según ella la había pinchado como 30 veces, con el celular le tomó video y porque es hermana de un abogado que es fiscal las iba acusar de negligencia. La residente encargada del turno trato de apaciguar pero ella estaba alterada, le grito y aparentemente la ofendió.

Cuando me acerque a ella esperaba que se desahogara, botara su furia, pero me llamó la atención que a pesar de  tener 8 mese, la niña no sostenía el cuello, su perímetro cefálico se encontraba en límites normales, no rotaba sobre si mima, presentaba estrabismo convergente de ojo S, le preguntamos sobre el parto y era segundo embarazo de 35 semanas, producto de parto normal, sin aparentes complicaciones, su desarrollo fue normal hasta los 2 meses que presentó cuadro de Bronconeumonía, siendo ingresad por ella durante 15 días y después de eso ya no fue normal.

Este caso nos debe llamar a la reflexión ya que estos procedimientos debemos hacerlo solo con la madre presente en un espacio con buena iluminación  adecuado para que estén 4 personas, el paciente la enfermera que practica el procedimiento y otra enfermera que ayuda que la conocemos como circular, no realizar más que 3 intentos si no se logra pedir a una de más experiencia, si el paciente se encuentra con deshidratación severa se debe de recurrir a la punción intra ósea que es un procedimiento fácil de hacer y que un pediatra debe de estar capacitado para hacerlo, este procedimiento no tardamos más de 5 minutos en hacerlo menos riesgo so que seguir intentándolo la venipuntura; este caso nos ha servido para hacer una norma del procedimiento en que a lo sumo deben de ser 3 intentos y si no se logra pasar a la vía intra ósea.

En segundo lugar debemos ver al paciente y hacerle una buena historia con un examen físico a conciencia para llegar a un diagnostico adecuado, eso hizo que esta  madre agresiva se transformara en una madre colaboradora y deseosa de colaborar, como ocurrió en el presente caso.

Moraleja debemos ver al paciente y no dejar que las personas se ofusquen y nos agradan, pero si no lo logramos, llamar al departamento jurídico del hospital solicitando su ayuda y derivando al paciente a la Junta de Protección, nunca enfrentarnos a las madres.

Un caso interesante para el manejo de casos difíciles y de padres problemáticos.


Santa Ana, 6 de noviembre de 2014

lunes, 3 de noviembre de 2014

Sección tercera De la Dirección ejecutiva

Artículo 145.- Dirección ejecutiva

La dirección ejecutiva será el órgano ejecutor y de la administración del CONNAN y estará integrado por un director ejecutivo nombrado por el Concejo Directivo mediante un proceso público de selección que garantice la capacidad técnica e idoneidad técnica y personal para el cargo.

Comentario: Esto es una buena visión para buscar a la persona que se encargará de la Dirección no solo en el conocimiento de administración sino que debe de tener capacidad reconocida de la protección de los menores, la decisión dl perfil debe de ser cuidadosamente analizada por el Consejo Directivo, ya que su labor es de organizar y administrar lo económico pero más que nada el apego a la LEPINA, no es un dedazo o un compadrazgo o amistad simplemente capacidad demostrada en la dirección y administración del cargo, si no es así los menores pagaran las consecuencias y no tendremos avances.

El Director Ejecutivo tendrá que ser mayor de treinta años, poseer reconocida conducta ética y profesional, formación universitaria con especialidad en la materia, acorde al cargo y experiencia demostrable en el área de la política social y económica. Los medios y el procedimiento para acreditar los requisitos para ser designado Director ejecutivo serán fijados en respectivo reglamento de CONNA.

Comentario: me suena a letra muerta ya que el reglamento no se ha elaborado, pero se debe de comenzar ya que los derechos y deberes son vulnerados con suma frecuencia y debemos ejecutar acciones de prevención y corrección de la realidad de nuestros niño, niñas y adolescentes.

El cargo de Director ejecutivo será incompatible con cualquier otra actividad profesional con excepción de la docencia e investigación, siempre que no interfieran con el desempeño de sus funciones institucionales.

Comentario: por la importancia del tiempo que se debe de dedicar a la dirección la vuelve incompatible con otras labores, se le permite únicamente la docencia ya que esta es un alimento y un remanso para el director y le ayuda a que se nutra de la experiencia de alumnos y compañeros docentes y la investigación la que le ayuda a hacer nuevas propuestas y probar si tiene o no la razón de estas.


Santa Ana, 03 de noviembre de 2014.