Artículo 137.- Estructura organizativa
Para asegurar el logro de sus objetivos y el cumplimiento de sus atribuciones el CONNA contará con los siguientes órganos:
a) El Consejo Directivo;
b) La Dirección Ejecutiva; y,
c) Las demás dependencias que no se definan en su reglamento interno y de funcionamiento.
Los Órganos expresados anteriormente contarán con el personal técnico y administrativo que fuere necesario.
Todo estará definido en el presupuesto general de la Nación, buscando n hacer una hipertrofia del CONNA lo que lo hería no funcional, que puede ser lo peor.
Santa Ana, 10 de Marzo del 2021
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