Los procedimientos administrativos
ya iniciados ante el ISNA al momento de entra en vigencia esta Ley, se seguirán
tramitando hasta su terminación de conformidad a lo establecido en la Ley del Instituto
Salvadoreño para el desarrollo integral de la niñez y adolescencia, que se deroga
por el presente Decreto.
Comentario: Necesario para no dejar un vacío de ley, así los procedimientos
administrativos continúan hasta su terminación.
Los contratos y convenios
suscritos y las demás obligaciones asumidas se mantendrán hasta la finalización
del plazo estipulado en cada uno de ellos, salvo que las partes decidan
dejarlos por terminados anticipadamente de conformidad a las clausulas
contenidas en los mismos.
Comentario: Se deja la puerta abierta a la negociación para que
todo sea saldado y el buen nombre del
país sea preservado.
El personal nombrado por Ley de
Salarios bajo el régimen de contrato, continuará formado parte del personal del
ISNA.
Comentario: Esto es de suma importancia ya que no se puede
dejar a la deriva al personal que se
gana dignamente su salario pero también se puede reubicarlos o rediseñar sus
funciones y aprovechar al máximo los recursos, pero lo más valioso de ellos es
su experiencia aculada en el manejo de los casos, es recurso caro y con mucha
especialidad.
Santa Ana, 17 de mayo de 2015.
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